SIN INFORMACION

SOC.WAL MOR CONSULTORA E INGENIERIA Y LABORATORIO/BUSTAMANTE

Rol

Fecha

30 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: 1°. - Comparece el abogado Eduardo Esteban Labrín Falcón, en representación de la Sociedad WAL – MOR Consultora Limitada, interponiendo recurso de protección en contra del Gobierno Regional del Bío-Bío y del Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Bulnes, Gonzalo Andrés Bustamante Troncoso. Expone que su representada ejecutó el proyecto “Construcción APR Las Raíces, comuna de Bulnes”, y que las recurridas han incurrido en graves ilegalidades al no dar pago oportuno al trabajo desarrollado en tiempo y en forma, no obstante encontrarse finalizados conforme a lo que exige la Ilustre Municipalidad de Bulnes, en su rol de mandante, encontrándose recepcionados provisoriamente sin observaciones. Expresa que dicha negativa afecta gravemente las garantías consagradas en los números 1, 2, 3, 16, 18 y 24 del artículo 19, de la Constitución Política de la República. Relata que tomó conocimiento de ellos el día 20 de febrero del año 2025, a través de un correo electrónico que le envió su Gerente Técnico, sin perjuicio de que considera que la omisión de pago es una actuación material de carácter permanente, que viene afectando gravemente a su representada. Detalla que, consta en los documentos acompañados, que el Gobierno Regional del Bío-Bío ha retenido recursos por la suma de $21.214.725 según da cuenta la respectiva Factura N° 37 de fecha 14 de agosto del año 2024, correspondiente al Estado de Pago N°2 de la Obra descrita precedentemente. Relata que la Ilustre Municipalidad de Bulnes a través del portal Mercado Público llamó a licitación para la ejecución del Proyecto “Construcción APR Las Raíces, comuna de Bulnes” correspondiente al ID 3902-103-LE23. Añade que las obras cuentan con recepción provisoria sin observaciones por parte la I. Municipalidad de Bulnes, decisión administrativa que se plasmó en el Decreto Alcaldicio N° 2978/2024. Posteriormente, con fecha 14 de agosto de 2024, la misma Municipalidad autorizó a la recurrente a emitir la factura correspondiente

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales, se rechaza, sin costas, el deducido por el abogado Eduardo Esteban Labrín Falcón, en representación de la Sociedad WAL – MOR Consultora Limitada, en contra del Gobierno Regional del Bío-Bío y del Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Bulnes don Gonzalo Andrés Bustamante Troncoso. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección. Regístrese y, hecho, archívese. Redacción a cargo del abogado integrante señor Baltazar Guajardo Carrasco, quien no firma por no haber integrado hoy. ROL Nº 189 -2025-PROTECCION.

Texto Completo (Preview)

Chillán, treinta de mayo de dos mil veinticinco. Visto: 1°. - Comparece el abogado Eduardo Esteban Labrín Falcón, en representación de la Sociedad WAL – MOR Consultora Limitada, interponiendo recurso de protección en contra del Gobierno Regional del Bío-Bío y del Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Bulnes, Gonzalo Andrés Bustamante Troncoso. Expone que su representada ejecutó el proyecto “Con

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