JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ JUAN PABLO LONDONO HERNANDEZ

Rol

Fecha

29 de mayo de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que decretó la sustitución de la prisión preventiva por caución económica de cinco millones de pesos ($5.000.000) respecto de los imputados. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se atribuye a los encartados. 3°) Que, con respecto a la necesidad de cautela prevista en la letra c) del mismo artículo, se aprecia que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, teniendo en consideración la naturaleza del delito por la cual fue formalizada la investigación, esto es, un delito de tráfico de drogas previsto en el artículo 3 de la ley 20.000, el hecho de haber actuado en grupo o pandilla, la gravedad de la pena asignada al delito y eventual forma de cumplimiento; se revoca la resolución en alzada de fecha veintinueve de mayo del año en curso, pronunciada por el Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Rolando Diaz Coloma, que dispuso el reemplazo de la prisión preventiva por una caución económica. Por consiguiente, la posibilidad de reemplazar la prisión preventiva por una caución económica respecto de los imputados Víctor Alfonso Hurtado Riascos, Haminton Gamboa Renteria, Fernando Mina Hinestroza, resulta improcedente; y, en su lugar, se declara que se mantiene la medida cautelar de prisión preventiva.  Téngase por notificados a los intervinientes en este acto. Devuélvase. Rol Penal Nº 599-2025.

Fallo

se declara que se mantiene la medida cautelar de prisión preventiva.  Téngase por notificados a los intervinientes en este acto. Devuélvase. Rol Penal Nº 599-2025.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veintinueve de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que decretó la sustitución de la prisión preventiva por caución económica de cinco millones de pesos ($5.000.000) respecto de los imputados. 2º) Que, d

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