MANUEL RODRIGO CATALAN REYES / I. MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR
Rol
Fecha
29 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y que las pretensiones esgrimidas en el recurso de protección exceden a la naturaleza y características de esta acción cautelar, puesto que dicen relación con cuestiones que debe resolverse en la instancia respectiva, según las normas y el procedimiento establecido en la Ley Sobre Acceso a la Información Pública N°20.285 o, en la Ley de Tránsito N°18.290, según corresponda, y sin que se señalen hechos que puedan constituir vulneración a garantías de las mencionadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y, visto lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. No ha lugar a petición de remitir antecedentes a la Excma. Corte Suprema y al Ministerio Público, atendido el mérito de lo recién resuelto. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-2733-2025.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. No ha lugar a petición de remitir antecedentes a la Excma. Corte Suprema y al Ministerio Público, atendido el mérito de lo recién resuelto. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-2733-2025.
Texto Completo (Preview)
Dgm. C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintinueve de mayo de dos mil veinticinco. Sin perjuicio de no concordar la suma con el cuerpo del escrito y, atendida la naturaleza cautelar de la presente acción, se provee derechamente como sigue a continuación: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y que las pretensiones esgrimidas en el recurso de protección exceden a la naturaleza y característic
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica