SIN INFORMACION

ZARONGAS CON JUZGADO DE POLICÍA LOCAL DE PAREDONES

Rol

Fecha

29 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA.-

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que, con fecha 16 de agosto de 2024, comparece el abogado Alejandro Zarongas Muñoz en representación de don Sebastián Eduardo Bustos Suazo, en los autos infraccionales por daños en colisión, caratulados “HERNANDEZ CON BUSTOS Y OTROS”, ROL 16.866-2023, seguidos ante el Juzgado de Policía Local de Paredones, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución de 12 de agosto de 2024 que no dio lugar a la apelación subsidiaria interpuesta por su parte en contra de la resolución de 5 de agosto de 2024 que no dio lugar a la incidencia de nulidad del artículo 83 del Código de Procedimiento Civil, por estimar que corresponde a una resolución que no altera la substanciación regular del procedimiento. Señala que, en dicha causa, su representado fue condenado al pago de la suma de $11.317.000 por sentencia definitiva de 6 de mayo de 2024 la que le fue notificada por correo electrónico de 9 de mayo del mismo año. Agrega que el 1 de agosto de 2024, presentó incidente de nulidad de todo lo obrado, y en subsidio incidente de nulidad de la notificación de la sentencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 inciso 4° de la Ley 18.287, ambos rechazados por resolución de 6 de agosto de 2024, por lo que con fecha 9 del mismo mes y año, presentó un recurso de reposición con apelación en subsidio, no siendo concedido este último. Afirma que la resolución que rechaza la incidencia de nulidad altera la substanciación regular del juicio, ya que la omisión de la diligencia cuya nulidad se solicita produce indefensión de su parte. A mayor abundamiento, refiere que el auto apelado se pronuncia sobre una diligencia que no está expresamente ordenada por la ley, cual es la notificación por correo electrónico de una sentencia definitiva que regule daños o perjuicios superiores a 10 U.T.M. Finaliza solicitando tener por deducido recurso de hecho y declarar que procede la apelación denegada, pedir la remisión del expediente y retener los autos para la

Fallo

fallo del recurso de apelación. 2° Que, con fecha 20 de agosto de 2024, a folio 3, comparece Francisco Javier Donoso Barriga, Juez Titular del Juzgado de Policía Local de Paredones, evacuando el informe requerido. Señala que debe tenerse en vista la resolución de fecha 6 de agosto, por la cual se resuelve sobre incidente de nulidad de lo obrado y nulidad de la notificación interpuesto por el recurrente, indicando que ambas solicitudes fueron resueltas de plano por la resolución referida, en contra de la cual se interpone recurso de reposición con apelación subsidiaria. Agrega que previo a todo, el 29 de julio de 2024 comparece únicamente Sebastián Bustos Suazo, otorgando patrocinio y poder al recurrente abogado Zarongas, fecha en la que ya se encontraba ejecutoriada la sentencia definitiva dictada el 6 de mayo de 2024, puesto que la sentencia se notificó a las partes el 9 de mayo del año señalado a través del correo electrónico, solicitado por las mismas, según consta a fojas 217. Informa que la incidencia interpuesta en lo principal del escrito de nulidad se rechazó, en primer término, en razón que el abogado recurrente tiene únicamente la representación del Sr. Bustos Suazo, careciendo de legitimación activa para recurrir en representación de “Constructora Alcántara SpA” y/o “Ricardo Estrada Contreras Instalaciones mantenciones y Reparaciones de Piscina de Fibra de Vidrios EIRL” (sic) representadas por los señores Raúl Ortiz Guerra y Ricardo Estrada Contreras respectiva

Texto Completo (Preview)

C.A. Rancagua Rancagua, veintinueve de mayo dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1° Que, con fecha 16 de agosto de 2024, comparece el abogado Alejandro Zarongas Muñoz en representación de don Sebastián Eduardo Bustos Suazo, en los autos infraccionales por daños en colisión, caratulados “HERNANDEZ CON BUSTOS Y OTROS”, ROL 16.866-2023, seguidos ante el Juzgado de Policía Local de Paredo

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