JOSE FERMIN CUERVO PLAZA C/ COMISIÓN LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
29 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1) Comparece doña Patricia Alejandra Cuevas Suarez, defensora penal pública penitenciaria, y deduce acción constitucional de amparo en favor del condenado privado de libertad don José Fermín Cuervo Plaza, (42) cédula nacional de identidad N°15.492.544-9, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Penitenciario de Valdivia, contra la Comisión de Libertad Condicional, que por resolución de 10 de abril de 2025 en causa Rol 210-2025 (Com. Lib. Con), rechazó por unanimidad la concesión del beneficio de la libertad condicional de su representado, lesionando su derecho a la libertad personal garantizado en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, y solicita que se deje sin efecto dicha resolución, otorgándole en definitiva dicho beneficio. Refiere que su representado se encuentra cumpliendo una pena de 1644 días por revocación de libertad condicional (condena de 2010) y otra pena de 4 años y 1 día por el delito de robo en lugar habitado. Registra 4 bimestres de muy buena conducta; que inició el cumplimiento de condena el 4 de diciembre de 2017 y termina el 16 de mayo de 2026, habiendo cumplido el tiempo mínimo el 16 de octubre de 2022, contando con 21 días de abono. Sostiene que presenta avances en su proceso de resocialización por los siguientes motivos: Cuenta con enseñanza media completa egresado del Liceo Técnico profesional de adultos Bío-Bío y estudios superiores incompletos de técnico en alimentación impartida en la unidad penal por la Universidad Católica de Concepción cursando hasta el segundo semestre, debiendo abandonarlos por motivos de traslado. En el ámbito laboral y actividades, presentaba habitualidad laboral en el medio libre ejerciendo como temporero y carpintero. Durante su reclusión, a los 26 años fue contratado por la empresa Sodexo como repostero por un periodo de cuatro meses, luego comenzó a desempeñarse como artesano independiente. En su reclusión actual en el Complejo Penitenciario de Valdivia ha elaborado pequeñas artesanías, estando autorizado como trabajador independiente desde el año 2019, realizando trabajos de lana, destacando la dupla evaluadora que “se aprecia que el interno cuenta con experiencia previa de trabajo en el medio libre, conocimientos con los cuales proyecta una inserción laboral a corto plazo en el medio libre”. Que en el último año es capaz de realizar reflexión en relación con el daño causado a la propiedad de las personas por la acción provocada por él, encontrándose en etapa contemplativa del cambio, analizando el daño a sus víctimas de manera genuina, expresando su motivación de cambio de vida por cumplir en el futuro el rol de proveedor y rol paterno. Se manifiesta dispuesto a participar en actividades de su plan de intervención y conforme con su condena, pues asume su quebrantamiento de libertad condicional. Señala rechazo explícito a cometer delitos en el futuro. Se refiere que en caso de salir en libertad viviría con sus progenitores, estand
Fallo
Por lo expuesto, normas citadas, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se resuelve que: SE ACOGE el recurso de amparo interpuesto a favor de José Fermín Cuervo Plaza, cédula nacional de identidad N°15.492.544-9, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valdivia y, en consecuencia, se deja sin efecto la resolución dictada el 10 de abril de 2025 por la Comisión de Libertad Condicional, en causa Rol Com.Lib.Cond-210-2025 y se le reconoce al amparado el derecho a la libertad condicional impetrado, debiendo seguirse a su respecto el procedimiento establecido en la ley y en el reglamento para su materialización. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Samuel Muñoz Weisz, quien fue de la opinión de rechazar la acción de amparo por estimar que para sustentar el rechazo reclamado ha existido un desarrollo argumental completo de parte de la Comisión recurrida, inspirado -en lo fáctico- en la evaluación de la condición del interno, la que deviene del órgano técnico competente teniendo en consideración los antecedentes aportados por el órgano técnico. Lo anterior, por cuanto el informe psicosocial del amparado da cuenta de que el condenado cuenta de que, sin perjuicio de encontrarse en un estado contemplativo al cambio, cuenta con un alto riesgo de reincidencia, además de la existencia de condenas pretéritas por delitos de la misma especie, e incluso la revocación del beneficio de libertad condicional otorgado pre
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C.A. de Valdivia Valdivia, veintinueve de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: 1) Comparece doña Patricia Alejandra Cuevas Suarez, defensora penal pública penitenciaria, y deduce acción constitucional de amparo en favor del condenado privado de libertad don José Fermín Cuervo Plaza, (42) cédula nacional de identidad N°15.492.544-9, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Pe
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