SIN INFORMACION

FORESTAL ANCHILE LTDA./DARUICH

Rol

Fecha

29 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: 1º) Julio Barriga Palma, abogado, en representación de Forestal Anchile Limitada, persona jurídica del giro de su denominación, ambos domiciliados en la comuna de Osorno, recurre de protección en contra de Farid Daruich Acle, de quien ignora profesión, domiciliado en la comuna de Valdivia, quien realizó tres cortes en un camino interno que comunica el predio de su propiedad con el camino público y cerró el acceso con un portón, vulnerando de esta forma sus garantías de libertad de circulación, derecho a desarrollar cualquier actividad económica y propiedad, de los numerales 7º, 21º y 24º del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Señala que la recurrente es dueña de la Hijuela Nº31 del Fundo Cufeo, de 47 hectáreas, y del denominado Lote B, de 66 hectáreas, ubicados en la comuna de Valdivia, a los que denomina en su conjunto predio “Purísima”. Expone que, el 20 de marzo de 2025, aproximadamente a las 14:00 horas, el recurrido ingresó al predio vecino, Hijuela C de Cufeo, de propiedad de la empresa Hancock Chilean Plantations SpA, insultando a los operadores de maquinaria que estaban trabajando en ese predio y amenazándolos con destruir un camino alternativo que Forestal Anchile Limitada -con autorización expresa de su dueña, la empresa Hancock- había construido en ese predio. Afirma que, horas más tarde, siendo aproximadamente las 18:30 horas, el recurrido cumplió efectivamente su amenaza, pero ingresando con una retroexcavadora al predio “Purísima” de Forestal Anchile Limitada y, haciendo 3 cortes, destruir el camino principal ubicado en el interior de ese predio. De esta manera, el recurrente impide la explotación y el traslado de la madera que la recurrente tiene comprometida con la empresa Forestal Arauco S.A. Agrega que, además, el recurrido don Farid Daruich Acle, sin ningún tipo de autorización o facultad, cerró el portón de acceso que separa el predio Hijuela C Cufeo, de propiedad de Hancock Chilean Plantations SpA, y el predio “

Fallo

Por estas consideraciones y lo preceptuado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve: Que se ACOGE, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Forestal Anchile Limitada en contra de Farid Daruich Acle, solo en cuanto la recurrida deberá restaurar el camino objeto de este recurso en las tres secciones en que realizó cortes y retirar el portón que lo cierra, o entregar copias de las llaves para su expedita apertura, dentro de tercero día. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° Protección-304-2025

Texto Completo (Preview)

Valdivia, veintinueve de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: 1º) Julio Barriga Palma, abogado, en representación de Forestal Anchile Limitada, persona jurídica del giro de su denominación, ambos domiciliados en la comuna de Osorno, recurre de protección en contra de Farid Daruich Acle, de quien ignora profesión, domiciliado en la comuna de Valdivia, quien realizó tres cortes en un camino interno

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