SIN INFORMACION

ARAYA GALLEGUILLOS ALIRO/GERDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

29 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Keyla Yulieth Araya Araya, persona natural, interponiendo acción constitucional de amparo preventivo en favor de ALIRO ALEXANDER ARAYA GALLEGUILLOS, recluido actualmente en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Huachalalume de La Serena, en contra de Gendarmería de Chile del CCP Huachalalume La Serena, por actos en relación a su segmentación y traslado a otro centro penal, lo que alega afectan su libertad personal y seguridad individual. Expone que, el 10 de abril 2025 en el recinto penitenciario de Huachalalume, varios sujetos se concertaron para lesionar al amparado en el módulo 51, por lo cual, él opto por salir del módulo, y fue derivado a los módulos de castigo N°91, siendo segmentado en módulos de complejidad que son los 40, en los cuales se encuentran los asesinos de su hermano de 15 años, condenados a 40 años de presidio mayor en grado máximo, y que lo mantienen bajo amenaza de muerte. Añade que, en el transcurso de varias semanas ha sido derivado a varios módulos, y no a los módulos 58 y 57 donde tiene segmentación, y que Gendarmería de forma arbitraria le a impuesto castigos por no querer ingresar a los módulos, lo cual rehúsa sólo para resguardar su vida e integridad física, por lo que pide sean dejados sin efecto los castigos. Agrega que, el interno sufre una desviación en su columna vertebral, por lo tanto, no debe sufrir golpes ni lesiones de ningún tipo en la zona lumbar. Relata que, el 7 de mayo pasado la situación cambió, pues Gendarmería lo había clasificado en módulo 57, pero era transitorio, por lo que luego fue trasladado a módulo de castigo 91, y fue nuevamente clasificado en los módulos 40, siendo que Gendarmería sabe que allí se encuentran los individuos que dieron muerte a su hermano, por lo que, indica que habría un desenlace fatal si ingresa esos módulos. Señala que, se debe considerar que el amparado mantiene muy buena conducta y cumple la mitad de su condena que son 60 meses. Indica que, el interno fue trasladado a Huachalalume por orden del Juzgado de Garantía de Ovalle en enero pasado, por acercamiento familiar y por riesgo para su vida en los recintos de Valparaíso y Rancagua, donde sufrió lesiones. Alega que Gendarmería de Huachalalume señaló que ya ha pasado el tiempo, y según sus argumentos no tiene segmentación, por lo que gestionan su traslado a cualquier otro recinto penal, sin clasificar al interno en los módulos 58 y 57 donde indica que sí tiene segmentación, por lo que, se vulnera su derecho de estar cerca de su familia al trasladarlo a otro centro penal, afectando su integridad psíquica, emocional y física. Solicita que, de no haber una resolución a favor del interno, se orden su ingreso al módulo 31 de máxima seguridad, para resguardar su salud mental y resguardar su vida, la que se encuentra deteriorada por haber sido clasificado nuevamente en los módulos 40, viviendo una odisea día a día de inseguridad y sin poder tener comunicación con sus familiares,

Texto Completo (Preview)

Araya Galleguillos, Aliro Alexander Gendarmería de Chile Recurso de amparo Rol N°258-2025 La Serena, veintinueve de mayo de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Keyla Yulieth Araya Araya, persona natural, interponiendo acción constitucional de amparo preventivo en favor de ALIRO ALEXANDER ARAYA GALLEGUILLOS, recluido actualmente en el Centro de Cumplimiento Penitenci

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