11º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

PEREZ LEVETZOW ENRIQUE Y OTROS / RIO BONITO S.A. Y OTROS - (EXPEDIENTE FISICO - CUADERNO DE TERCERIA DE POSESION)

Rol

Fecha

29 de mayo de 2025

Materia

HONORARIOS, COBRO DE (EN JUICIO)

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo, además, presente: Primero: Que la parte apelante, en esta instancia, acompañó documentos con citación; los que no fueron objetados de contrario. Segundo: Que, analizado el mérito de tales documentos, se concluye que los mismos carecen de entidad suficiente para desvirtuar los hechos establecidos en la sentencia apelada, ni para modificar la valoración probatoria efectuada por el juez del grado. Tercero: Que, por lo demás, esta Corte comparte lo decidido por el tribunal a quo al ajustarse a derecho y a los antecedentes del proceso. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 160, 186 y siguientes, 346 Nº3 y 348, todos del Código de Procedimiento Civil, se resuelve que: Se confirma la sentencia apelada de seis de septiembre de dos mil veintidós, dictada por el Undécimo Juzgado Civil de Santiago, en el cuaderno de tercería de posesión. Regístrese y devuélvase. Redacción del abogado integrante señor Plaza. N°Civil-15424-2022. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro señor José Pablo Rodríguez Moreno e integrada por el ministro señor Tomás Gray Gariazzo y por el abogado integrante señor Rafel Plaza Reveco.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 160, 186 y siguientes, 346 Nº3 y 348, todos del Código de Procedimiento Civil, se resuelve que: Se confirma la sentencia apelada de seis de septiembre de dos mil veintidós, dictada por el Undécimo Juzgado Civil de Santiago, en el cuaderno de tercería de posesión. Regístrese y devuélvase. Redacción del abogado integrante señor Plaza. N°Civil-15424-2022. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro señor José Pablo Rodríguez Moreno e integrada por el ministro señor Tomás Gray Gariazzo y por el abogado integrante señor Rafel Plaza Reveco.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo, además, presente: Primero: Que la parte apelante, en esta instancia, acompañó documentos con citación; los que no fueron objetados de contrario. Segundo: Que, analizado el mérito de tales documentos, se concluye que los mismos carecen de entidad suficiente para desvirtuar los hechos establecidos en la sente

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