SIN INFORMACION

DOMINIQUE GUILENE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

27 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1 se interpone recurso de amparo en favor de don Guilene Dominique, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber incurrido en un acto ilegal, al no acoger a trámite su solicitud de residencia temporal en Chile, vulnerando su libertad personal y seguridad individual. Expone que su petición fue rechazada por registrar una orden de abandono vigente, la que no le fue notificada, por lo que no conoce los

Fundamentos

motivos que generaron la decisión del recurrido. Añade que cuenta con arraigo familiar en el país y no tiene anotaciones en su certificado de antecedentes, tanto en Chile como en su país de origen, de modo que la orden de abandono es ilegal, arbitraria y desproporcionada. Solicita que se acoja el recurso y se deje sin efecto la resolución que dispone el abandono del país, retrotrayendo el procedimiento administrativo y permitiendo al amparado complementar los antecedentes para regularizar su situación migratoria. A folio 4 informa el Servicio Nacional de Migraciones y solicita el rechazo del recurso. Manifiesta el 9 de agosto de 2021, la recurrente solicitó la regularización migratoria conforme al artículo 8° transitorio de la Ley N°21.325. Agrega que, evaluados los antecedentes, se determinó que no cumplía con los requisitos legales, al no presentar certificado de antecedentes penales del país de origen, debidamente legalizado, lo que se puso en conocimiento del actor mediante notificación electrónica de 22 de mayo de 2023 y se le confirieron 10 días para presentar los antecedentes respectivos. Indica que, no habiéndose acompañado lo solicitado, se dictó la Resolución Exenta N°23331832, de 30 de agosto de 2023, que rechazó la solicitud de regularización migratoria presentada en el proceso extraordinario y se dispuso el abandono del país en el plazo de 30 días desde su notificación. Argumenta que, conforme al artículo 91 de la Ley 21.325, la resolución que rechace o revoque un permiso, debe fijarse al extranjero un plazo para abandonar el país. A folio 9 complementa su informe el Servicio Nacional de Migraciones, indicando que la petición de residencia temporal del recurrente era inadmisible, lo que fue comunicado mediante comunicación de Folio N°76935232, por mantener una orden de abandono vigente, a la que no ha dado cumplimiento. Afirma que el artículo 50 inciso final del Reglamento de Migraciones establece que no se puede postular a un permiso de residencia existiendo una medida de abandono vigente. Se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, la posibilidad de recurrir ante la respectiva magistratura, para que dicte en tal caso las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que, el recurrente sostiene que efectuó una solicitud de residencia temporal, la que no fue acogida a trámite por mantener una orden de abandono vigente, respecto de la que desconoce los motivos que llevaron a la administración a disponerla. Tercero: Que, informando el recurrido, argumenta que por Resolución Exenta N°23331832, de 30 de agosto de 2023, se rechazó la solicitud de regularización migratoria presentada en el proceso extraordinario conforme al artículo 8° transito

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido a favor de Guilene Dominique, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-1822-2025. En Valparaíso, veintisiete de mayo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintisiete de mayo de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1 se interpone recurso de amparo en favor de don Guilene Dominique, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber incurrido en un acto ilegal, al no acoger a trámite su solicitud de residencia temporal en Chile, vulnerando su libertad personal y seguridad individual.

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