/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
27 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: A folio N°1 comparece Giegliola Viviana Burgos Pérez, abogada, defensora penal pública penitenciaria, domiciliada en calle Diego Portales N° 361 de la ciudad de Temuco, en representación de MARCELO ERNESTO CIFUENTES URRUTIA, cédula nacional de identidad número 16.052.248-8, quien se encuentra cumpliendo su condena en el C.E.T. Victoria, interponiendo acción constitucional de amparo en contra de la resolución de fecha 22 de abril de 2025, suscrita y firmada por la Comisión de Libertad Condicional, que denegó al amparado el beneficio de libertad condicional, sin ajustarse a la normativa vigente y tornando ilegal y arbitraria su privación de libertad. ANTECEDENTES DE HECHO: 1.- Condena que actualmente cumple el amparado Señala que su representado cumple una condena de 20 años de presidio mayor en su grado máximo, por su participación en calidad de autor del delito de parricidio en grado de consumado. Sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de Angol, en causa RIT 13- 2011, RUC 1000468417-1. 2.- Cumplimiento del tiempo mínimo para postular a la Libertad Condicional. De acuerdo con la información entregada por la Sección de Estadística de Gendarmería, contenida en el Formulario Consolidado de Postulación al Proceso de Libertad Condicional, registra como fecha de inicio de condena el día 27 de mayo del año 2010, estimándose como fecha de término el 27 de mayo del año 2030. Su tiempo mínimo para postular a libertad condicional lo cumplió el 27 de septiembre del año 2023, cumpliéndose los dos tercios de su condena 3.- Postulación por el Tribunal de Conducta a la Libertad Condicional. Requisitos. Por cumplir con todos los requisitos establecidos en el DL 321 y demás disposiciones legales pertinentes, su representado fue postulado al proceso de libertad condicional. En el caso concreto, su representado cumple con los siguientes requisitos: - Tiempo de la condena y tiempo mínimo para postular a la libertad Condicional: Según la documentación informada por Ge
Fundamentos
considerando 1°.” Señala que se den considerar los siguientes antecedentes para resolver su solicitud de libertad condicional: Sanciones durante el cumplimiento de la condena: La última sanción que registra su representado en su sistema es del 23 de diciembre del año 2021. Desde esa época en adelante no posee ninguna otra sanción que afecte su conducta, manteniendo así una conducta intachable dentro del recinto, adaptándose al cumplimiento de normas. Beneficios intrapenitenciarios. El amparado, a lo largo del cumplimiento de su pena privativa de libertad ha buscado hacer buen uso de su tiempo, de lo cual se puede mencionar que ha accedido a beneficio intrapenitenciario en virtud a haber cumplido con los requisitos establecidos en artículos 103 y 110 de Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, se le concede el beneficio de salida dominical otorgada el 11 de diciembre del 2022, beneficio que cumplió satisfactoriamente, y que le permitió acceder el al beneficio de salida de fin de semana, el 31 de marzo del año 2023. Participación en acciones o actividades de resocialización. IGI con riesgo bajo de reincidencia. Actualmente puntúa bajo riesgo de reincidencia, el que ha ido disminuyendo con sus planes de intervención, el que inicia con medio. En contexto actual, no es inminente la presencia de riesgo de violencia. Ha generado importantes avances en la comprensión del mismo, no justifica su actuar porque comprende lo que significa su acción, sabe que aún debe generar cambios para retomar su estilo de vida normativo ya que espera tener una relación estable con hijos y por ello entiende el impacto que puede generar la comisión de su delito. Al realizar el instrumento de valoración PCL-R -que determina rasgos psicopáticos- de fecha 29-11-2022, no presenta rasgos de personalidad psicopática. Plan de intervención. Lleva más de seis años en el CET Victoria, donde realiza cursos de capacitación como soldador estructural, electricidad. En el año 2021 realiza curso de operaciones básicas de pastelería. Sumado a lo anterior, durante el tiempo de pandemia se mantuvo prestando servicios de sanitización en cárceles de la Región de la Araucanía. En su plan de intervención ha realizado talleres psicosociales de “manejo de la ira”, entre otros talleres realizados, lo que le ha ayudado a disminuir el nivel de riesgo de reincidencia de medio a bajo. Es percibido como una persona sociable, capaz de recibir órdenes y aceptar la autoridad. Delito. Reconoce el delito y se hace responsable de los hechos que comete. Se observa culpa y arrepentimiento, además de estar consciente del daño causado el cual refiere es de gran espectro. Arraigo familiar y/o social: En relación al contexto familiar el usuario presenta como red de apoyo a su madre Patricia Urrutia y sus hermanos, quienes se encuentran dispuestos a acompañarlo en su proceso de reinserción. Además de ellos se encuentra su sobrino de nueve meses de edad, el que ha significado una figura de apego. Domicilio y Apo
Fallo
se RESUELVE: I.- SE DENIEGA, por votación dividida, el beneficio de libertad condicional solicitado por don MARCELO ERNESTO CIFUENTES URRUTIA, R.U.N. 16.052.248-8, ya individualizado en el considerando 1°.” Señala que se den considerar los siguientes antecedentes para resolver su solicitud de libertad condicional: Sanciones durante el cumplimiento de la condena: La última sanción que registra su representado en su sistema es del 23 de diciembre del año 2021. Desde esa época en adelante no posee ninguna otra sanción que afecte su conducta, manteniendo así una conducta intachable dentro del recinto, adaptándose al cumplimiento de normas. Beneficios intrapenitenciarios. El amparado, a lo largo del cumplimiento de su pena privativa de libertad ha buscado hacer buen uso de su tiempo, de lo cual se puede mencionar que ha accedido a beneficio intrapenitenciario en virtud a haber cumplido con los requisitos establecidos en artículos 103 y 110 de Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, se le concede el beneficio de salida dominical otorgada el 11 de diciembre del 2022, beneficio que cumplió satisfactoriamente, y que le permitió acceder el al beneficio de salida de fin de semana, el 31 de marzo del año 2023. Participación en acciones o actividades de resocialización. IGI con riesgo bajo de reincidencia. Actualmente puntúa bajo riesgo de reincidencia, el que ha ido disminuyendo con sus planes de intervención, el que inicia con medio. En contexto actual, no es inminente la presenc
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C.A. de Temuco Temuco, veintisiete de mayo de dos mil veinticinco. Al escrito folio 6: A lo principal y otrosí: Téngase presente. VISTO: A folio N°1 comparece Giegliola Viviana Burgos Pérez, abogada, defensora penal pública penitenciaria, domiciliada en calle Diego Portales N° 361 de la ciudad de Temuco, en representación de MARCELO ERNESTO CIFUENTES URRUTIA, cédula nacional de identidad número 16
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