JORGE MERA CARRILLO EN FAVOR DE JORGE IGNACIO RAMÍREZ HUENCHUÑIR C/ COMISARÍA DE CARABINEROS OSCAR CRISTI
Rol
Fecha
27 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1) Comparece don Jorge Manuel Mera Carrillo, e interpone acción constitucional de amparo preventivo en favor de don Jorge Ignacio Ramírez Huenchuñir, cédula de identidad Nº 18.823.977-9. Denuncia la vulneración a la libertad personal del referido, quien indica se encontraría detenido en Comisaria Óscar Cristi, ubicada en avda. Francia, Valdivia, desde las 12:00 del 23 de mayo del 2025, siendo trasladado hasta la unidad policial desde su lugar de trabajo, sin mayores antecedentes. Solicita a esta Corte que adopte las medidas necesarias para que se restablezca el imperio del derecho, y asegurar la debida protección del amparado. 2) A folio 4 informó el Capitán de Carabineros Daniel De la Fuente Cofre, y solicitó el rechazo del recurso de amparo. Refiere que el viernes 23 de mayo de 2025, siendo las 12:00 horas, se presentó en la Comisaría don Juan Antonio Velásquez Cortez, guardia de seguridad, Cédula de Identidad N°17.963.948-3, quien denunció hechos ocurridos el mismo día a las 11:30 horas, en síntesis, que uno de los guardias del supermercado Unimarc ubicado en Avenida Francia Nro. 2651, don Jorge Ramírez, lo habría amenazado con golpearlo fuera del supermercado, haciendo la denuncia respectiva por amenazas. En el referido contexto, un dispositivo policial se trasladó al referido supermercado tomando detenido al referido guardia por el delito de amenazas. Luego, se levantó el parte policial respectivo respecto a la detención, dando cuenta de que al detenido se le hizo lectura de sus derechos y se le trasladó a la subcomisaría Óscar Cristi Gallo para adoptar el procedimiento de rigor, constatando su estado de salud, firmando aquel la respectiva acta. Agrega que se tomó contacto con el fiscal de turno, don Gonzalo Valderas Aguayo, quien dispuso entre otros cargar el parte a la Bitácora Web, que el detenido pasara a control de detención, verificar la existencia de cámaras de seguridad y obtener su registro, verificar existencia de armas de
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara que: Se rechaza la acción constitucional de amparo intentada en favor de don Jorge Ignacio Ramírez Huenchuñir. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad N°Amparo-202-2025
Texto Completo (Preview)
Valdivia, veintisiete de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1) Comparece don Jorge Manuel Mera Carrillo, e interpone acción constitucional de amparo preventivo en favor de don Jorge Ignacio Ramírez Huenchuñir, cédula de identidad Nº 18.823.977-9. Denuncia la vulneración a la libertad personal del referido, quien indica se encontraría detenido en Comisaria Óscar Cristi, ubic
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