SIN INFORMACION

DELMAS MAGALIE /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

27 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece don Emmanuel Bien-Aimé, en representación de doña Magalie Delmas, ciudadana de nacionalidad haitiana, cédula de identidad N°26.399.305-5, e interpone acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, con domicilio en calle San Antonio N°580, piso 3, comuna de Santiago, por haber dictado la Resolución Exenta N°24573673, de 13 de diciembre de 2024, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y ordenó su abandono del país, fundado en la no remisión de la copia de la sanción por haber residido con permiso vencido, requisito exigido para acceder al permiso de residencia definitiva conforme al artículo 88 N°1 de la Ley N° 21.325. Expone que la resolución fue notificada electrónicamente el 31 de julio de 2024, y que la amparada, actuando de buena fe, intentó pagar la sanción pecuniaria mediante el sitio web del Servicio, pero la plataforma no se encontraba operativa, por lo que no fue posible regularizar la situación dentro del plazo concedido. Alega que no existió intención de eludir la multa, y que el rechazo y la orden de abandono resultan desproporcionados,

Fundamentos

considerando que se trata de un mero impedimento técnico. Agrega que la amparada cuenta con arraigo familiar, pues reside con su pareja don Fedelin Noel y su hija Michaëla Herta Gabriëla Noel Delmas, de cuatro años de edad, de nacionalidad chilena, conforme consta en el certificado de nacimiento acompañado. Asimismo, cuenta con arraigo laboral, acreditado mediante certificado de cotizaciones previsionales de FONASA. Sostiene que la decisión recurrida vulnera el principio de reunificación familiar y pone en riesgo la integridad de la amparada y de su hija. Alega, además, que la autoridad pudo haber aplicado una medida menos gravosa, como el otorgamiento de una residencia temporal sustitutiva, en virtud del artículo 91 inciso 5° de la Ley N°21.325, tal como ha hecho en otros casos análogos. Solicita que se deje sin efecto la Resolución Exenta N°24573673, se revoque la orden de abandono, y se ordene al Servicio Nacional de Migraciones reabrir la solicitud de residencia definitiva, otorgando un plazo no menor a 30 días en el cual se habilite el sistema de pago correspondiente para que la amparada pueda efectuar la multa adeudada. Acompaña, entre otros documentos, copia de la Resolución Exenta N°24573673, certificado de nacimiento de su hija, certificado de antecedentes penales en Chile y certificado de cotizaciones FONASA. A folio 4, evacúa informe el Servicio Nacional de Migraciones, por medio de su abogado don Cristóbal Antonio Messen Reyes, en representación de la Dirección Regional de Valparaíso, solicitando el rechazo del recurso en todas sus partes, por estimar que no se configura acto ilegal ni arbitrario que vulnere la libertad personal o seguridad individual de la amparada. Expone que doña Magalie Delmas, nacional de Haití, solicitó residencia definitiva el 4 de diciembre de 2021, mediante Trámite ID N° 35607663, y que el 31 de julio de 2024, mediante la Comunicación Electrónica N° 62379028, se le notificó la causal de rechazo fundada en no haber pagado la multa por residencia irregular, otorgándole un plazo de 10 días hábiles para subsanar dicha omisión. Señala que transcurrido el plazo, la solicitante no acompañó comprobante de pago ni formuló descargos, por lo que se dictó la Resolución Exenta N°24573673, de 13 de diciembre de 2024, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y ordenó su abandono del país dentro de 10 días, conforme a lo dispuesto en los artículos 88 N° 1 y 91 de la Ley N°21.325. Indica que no consta en los registros del Servicio la interposición de recurso administrativo alguno contra dicho acto terminal, pese a que tales medios fueron expresamente señalados en la resolución impugnada. Añade que la plataforma electrónica para el cálculo y pago de multas se encuentra disponible de forma permanente y que el procedimiento es público, con acceso mediante Clave Única o usuario de extranjería. Sostiene que, en consecuencia, el rechazo fue dictado por autoridad competente, dentro del marco legal, y que la omisión de pago

Fallo

fallo del recurso de amparo regula el procedimiento correspondiente. Segundo: Que, el presente recurso ha sido deducido en favor de doña Magalie Delmas, ciudadana haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N° 24573673, de 13 de diciembre de 2024, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y ordenó su abandono del país, fundado en el no cumplimiento de ciertos requisitos formales, entre ellos, la falta de pago de la multa por residencia irregular. Tercero: Que, de los antecedentes acompañados y del propio informe de la recurrida, consta que la amparada dio cumplimiento sustancial a la mayoría de los requerimientos formulados por la autoridad en la notificación de previo rechazo, acompañando cédula de identidad, certificado de antecedentes penales en Chile, constancia de vínculo familiar, y certificados previsionales, entre otros. El único incumplimiento remanente corresponde al pago de la sanción pecuniaria, el cual la recurrente no pudo efectuar por dificultades en la plataforma electrónica del propio Servicio, sin que conste intento de solución alternativa por parte de la autoridad. Cuarto: Que, la amparada ha demostrado un arraigo familiar significativo, residiendo en Chile con su pareja y su hija menor de edad, nacida en territorio nacional, lo que activa la aplicación del principio de reunificación familiar, reconocido tanto en la normativa interna como en tratados internacionales de derechos humanos ratificados

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintisiete de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS: A folio 1, comparece don Emmanuel Bien-Aimé, en representación de doña Magalie Delmas, ciudadana de nacionalidad haitiana, cédula de identidad N°26.399.305-5, e interpone acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, con d

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