25º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

ARAVENA/SCOTIABANK -CHILE S.A.

Rol

Fecha

27 de mayo de 2025

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción del

Fundamentos

considerando octavo, que se elimina. Y se tiene en su lugar y, además presente: Primero: Que se encuentra asentado en el

Fallo

fallo impugnado, que don Luis Enrique Aravena Molina es dueño de la propiedad ubicada en Pasaje Santa Amalia N°1087, sitio N°17, del plano respectivo, comuna de La Florida, inscrita a su nombre a fojas 12443, N°9999, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 1988, la cual registra los siguientes gravámenes: hipoteca inscrita a fojas 9479 N°6730 del Registro de Hipotecas y Gravámenes del año 1988, a favor del Banco del Desarrollo; hipoteca inscrita a fojas 9479 N°6731 del mismo registro y año, a favor del Banco del Desarrollo; y prohibición de enajenar sin consentimiento del acreedor, inscrita a 10325 N°7543 del Registro de Interdicciones del año 1988, a favor del mencionado banco. Segundo: Que la sentenciadora desestimó la demanda al no haberse justificado que la demandada, Banco Scotiabank sea la sucesora o continuadora del Banco del Desarrollo. Tercero: Que en segunda instancia el actor acompañó los siguientes instrumentos: 1. Copia autorizada de Protocolización extracto de Resolución y Reforma Scotiabank Chile, de 22 de mayo del año 2008, que contiene la Certificación de la Resolución anotada a fojas 22.028, Numero 15.106 del año 2008 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y al dorso se encuentra el recorte del Diario Oficial Nº39.066, página 7 de fecha 20 de mayo del año 2008. 2. Copia autorizada de protocolización extracto de Reforma de Estatutos Scotiabank Sud Americano, de 7 de octubre del año 2009

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintisiete de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción del considerando octavo, que se elimina. Y se tiene en su lugar y, además presente: Primero: Que se encuentra asentado en el fallo impugnado, que don Luis Enrique Aravena Molina es dueño de la propiedad ubicada en Pasaje Santa Amalia N°1087, sitio N°17, del plano respectivo, comuna de

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica