MINISTERIO PUBLICO ANTOFAGASTA C/ FRANCESCA ALEJANDRA TOBAR GONZALEZ
Rol
Fecha
27 de mayo de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
ACOGE Y ANULA DE OFICIO
Hechos
VISTOS: Que en esta causa rol único 2200755140-5, rol interno 773-2024 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta y rol Corte 420-2025, por sentencia definitiva de siete de abril del año en curso, en lo que interesa, se condenó a los acusados FRANCESCA ALEJANDRA TOBAR GONZÁLEZ, como autora del delito consumado de tráfico ilícito de drogas, perpetrado el 24 de abril de 2023, a la pena de QUINCE (15) AÑOS de presidio mayor en su grado medio, al pago de una multa de 40 UTM, mas las accesorias legales, y a URBANO ALEJANDRO TOBAR SALINAS, como autor del delito consumado de tráfico ilícito de drogas, perpetrado el 24 de abril de 2023, a la pena de TRECE (13) AÑOS de presidio mayor en su grado medio, al pago de una multa de 40 UTM, mas las accesorias legales. Contra la sentencia relacionada, dedujo recurso de nulidad el abogado de confianza don Emilio Elgueta Torres, en representación de los acusados previamente individualizados, al amparo del motivo de nulidad previsto en el literal b) del artículo 373 del Código Procesal Penal, y en subsidio de la anterior, sostuvo la del artículo 374 letra e) del mismo cuerpo legal, en relación a lo prescrito en los artículos 342 letra c) y artículo 297 todas disposiciones del citado cuerpo de leyes, asilándose el postulado, en la ausencia de una fundamentación. El día 07 de mayo recién pasado, se llevó a efecto la vista de la causa, interviniendo por el recurso, el abogado defensor, y en contra del mismo, el abogado asesor del Ministerio Público señor Irving Rodríguez Cáceres.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la defensa técnica de los acusados propone como caudal principal de nulidad, el motivo contemplado en el literal b) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por haber incurrido los jueces de mérito en la dictación del fallo, en una errónea aplicación del derecho que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del mismo. Lo cierto es que resulta complejo advertir el desarrollo de la causal en mención que se deduce, según explica el recurrente, en forma principal, pues lo único que a estos efectos se aporta en su presentación es que: “ La aplicación errónea y sustancial del derecho contenida en el
Fallo
fallo dice relación con la aplicación errónea de las atenuantes que favorecen a Urbano Tobar y la dispuesta en el artículo 22 de la Ley 20.000 respecto de su hija Francesca, produciendo un exacerbamiento de la pena, aplicando una no correspondiente a derecho y ocasionando un perjuicio a mis representados Consideramos que el Tribunal Oral en lo Penal de Antofagasta, al calificar la situación fáctica detallada, comete una aplicación errónea de las atenuantes que favorecen a Urbano Tobar y norma de la minorante especial del art 22 de la ley 20.000, a Francesca Tobar, lo que influyo sustancialmente en lo dispositivo del fallo.”. Luego de lo anterior, no existe otro desarrollo independiente de la causal, y el actor de nulidad se entrega a la causal deducida en forma subsidiaria. En efecto, respecto a la causal subsidiaria, esto es, que los juzgadores han incumplido su deber de fundamentación, señala luego de transcribir en lo que le interesa los hechos establecidos por el tribunal, que: “Estimamos que el fallador incurrió en dos faltas, aplicó erróneamente el derecho, aumentando las penas y además, de la lectura prolija del dictamen definitivo puesto en crisis y que cimenta la invocación del postulado blandido como sustento del arbitrio, es factible inferir, como se indicado, la inobservancia de parte de los Sentenciadores del grado de la exigencia esencial que recaía sobre su labor epistémica en la deliberación, como lo es el denominado deber de fundamentación.”. Agrega luego
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a veintisiete de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS: Que en esta causa rol único 2200755140-5, rol interno 773-2024 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta y rol Corte 420-2025, por sentencia definitiva de siete de abril del año en curso, en lo que interesa, se condenó a los acusados FRANCESCA ALEJANDRA TOBAR GONZÁLEZ, como autora del delito consumado de tráfico ilíci
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica