SIN INFORMACION

/JUZGADO DE GARANTIA DE LICANTÉN

Rol

Fecha

26 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: 1°. Que la acción constitucional de amparo regulada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es de competencia de la Corte de Apelaciones respectiva. 2°. Que, en la presente causa, se deduce recurso de amparo por el abogado Christian Sepúlveda Fallau en contra del Juzgado de Licantén, por hechos que dicen relación con una causa judicializada, siendo dicha instancia donde deben ejercerse las acciones y recursos dispuestos al efecto. Por lo antes expuesto

Fallo

se declara INADMISIBLE el recurso de amparo interpuesto a folio 1. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-421-2025. acl

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, veintiséis de mayo de dos mil veinticinco. Resolviendo lo principal del escrito folio 1: Visto y considerando: 1°. Que la acción constitucional de amparo regulada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es de competencia de la Corte de Apelaciones respectiva. 2°. Que, en la presente causa, se deduce recurso de amparo por el abogado Christian Sepúlveda F

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