SIN INFORMACION

HERNANDEZ IBAÑEZ SYLVIA DEL CARMEN / MINISTERIO PUBLICO Y OTROS

Rol

Fecha

26 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que por estimarse que no se denuncian hechos que comprometan la libertad personal y la seguridad individual, entendida esta última como los requisitos o formalidades, tanto de orden constitucional como legal, que protegen ese derecho a la libertad personal de los abusos de poder y de las arbitrariedades, en términos que la misma sólo puede ser privada o restringida “en los casos y en la forma determinados por la Constitución y las leyes”; 2°) Que, en cualquier caso, si de obtener información se tratara, el artículo 186 del Código Procesal Penal faculta a cualquier persona para acudir al respectivo juez de garantía con los fines perseguidos por el recurrente. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 21 de la Constitución Política de la República y artículo 186 del Código Procesal Penal, se declara inadmisible el recurso intentado. Archívese en su oportunidad. N°Amparo-2113-2025.-

Fallo

Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 21 de la Constitución Política de la República y artículo 186 del Código Procesal Penal, se declara inadmisible el recurso intentado. Archívese en su oportunidad. N°Amparo-2113-2025.-

Texto Completo (Preview)

jtha C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de mayo de dos mil veinticinco. Póngase en conocimiento de las partes la constancia que antecede, para los efectos previstos en el artículo 125 del Código de Procedimiento Civil. Al folio N°1: a lo principal y al segundo otrosí, aténgase a lo que se resolverá. Al primer otrosí, a sus antecedentes. Al tercer otrosí, téngase presente. Vistos y teniendo p

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