SIN INFORMACION

LUGO CORZO EVILACIO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

26 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Pedro Rivero Chacón, dedujo recurso de protección en favor de Evilacio José Lugo Corzo, cédula de identidad N° 26.745.093-5, de nacionalidad venezolana, domiciliado en Alcalde Pedro Alarcón N° 900, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, ambos domiciliados en San Antonio Nº580, comuna de Santiago, por la omisión de pronunciamiento de su solicitud de nacionalización formulada el 20 de marzo de 2023. Indica que el recurrente solicitó la nacionalización y a la fecha no ha recibido un pronunciamiento definitivo sobre dichas solicitudes. Sostiene que la recurrida ha vulnerado el principio de celeridad y el plazo establecido en el artículo 27 de la Ley 19.880 y, en consecuencia, el derecho de igualdad ante la ley. Pide se resuelva, sin más trámite, dictando el acto conclusivo correspondiente, en el plazo de 30 días, o en el que esta Corte fije al efecto, con condena en costas a la recurrida. Segundo: Que, informa el Servicio Nacional de Migraciones e indica que el recurrente solicitó la carta de nacionalización el 20 de marzo de 2023, bajo la solicitud ID N° 62784692, a través del Portal de Trámites Digitales. El 9 de enero de 2024, el Servicio le notificó que su solicitud estaba incompleta, otorgándole 60 días hábiles para enviar los antecedentes faltantes. El recurrente subsanó lo requerido el 8 de marzo de 2024. Posteriormente, el 25 de noviembre de 2024, el Servicio le informó que su solicitud había avanzado de etapa, iniciando el proceso de verificación correspondiente. Se solicitó a la Policía de Investigaciones de Chile que realizara la entrevista de rigor, la cual se efectuó exitosamente, emitiendo el informe requerido y remitiéndolo el 30 de diciembre de 2024. A la fecha del informe, la solicitud continúa en trámite, específicamente en la etapa de Análisis, desde el 30 de diciembre de 2023, a la espera de su resolución de

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte sobre la materia, se acoge el recurso deducido en favor de Evilacio José Lugo Corzo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto dicho organismo deberá culminar el trámite que ante él corresponda, previa verificación de los requisitos pertinentes que deban concurrir a cada caso, dentro del plazo de treinta días corridos, contado desde que la sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° 1083-2025 Protección.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiséis de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Pedro Rivero Chacón, dedujo recurso de protección en favor de Evilacio José Lugo Corzo, cédula de identidad N° 26.745.093-5, de nacionalidad venezolana, domiciliado en Alcalde Pedro Alarcón N° 900, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, rep

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica