JUZGADO DE FAMILIA BUIN

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

26 de mayo de 2025

Materia

RELACION DIRECTA Y REGULAR CON EL NIÑO

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACION

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Hechos

Vistos: 1º) De conformidad al artículo 229 del Código Civil, el padre tiene el derecho y el deber de mantener una relación directa y regular con el hijo respecto de quien no tenga el cuidado personal; 2º) De los antecedentes que obran en autos, no se divisa la existencia de algún perjuicio manifiesto para la niña JAVIERA que impida dicha relación, o la haga inconveniente para su bienestar; 3º) En razón de ello, y en particular la circunstancia de que la niña de autos actualmente no es lactante y existe acuerdo entre las partes en orden a que el padre ha estado al cuidado de su hija por cinco días completos, encontrándose ya separados los padres, de lo que se...

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiséis de mayo de dos mil veinticinco Vistos: 1º) De conformidad al artículo 229 del Código Civil, el padre tiene el derecho y el deber de mantener una relación directa y regular con el hijo respecto de quien no tenga el cuidado personal; 2º) De los antecedentes que obran en autos, no se divisa la existencia de algún perjuicio manifiesto para la niña JAVIERA que impida dicha relaci

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