JULIO MICHEL/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
26 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1 comparece Emmanuel Bien-Aime, en favor de Julio Michel, de nacionalidad haitiana, quien interpone acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N°24570782 de 12 de diciembre de 2024, mediante la cual rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso el abandono del país, vulnerando con ello su garantía fundamental del artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Refiere que el amparado ingresa a Chile vía área con la finalidad de asentarse en el país, por lo que solicita el beneficio de residencia definitiva, el cual es rechazado por la resolución recurrida, por no acompañar el pago de la sanción por residencia irregular. Señala que la medida es injusta toda vez que, al momento de solicitar la residencia definitiva, obrando de buena fe, el amparado efectuó el pago de la sanción pecuniaria cuyo monto corresponde a $133.594, tal como consta en el comprobante de pago acompañado. En efecto, el abandono del amparado pone en peligro la integridad de su familia, vulnera el principio de reunificación familiar, implica la ruptura del núcleo familiar, poniendo el riesgo la integridad física y psicológica del amparado. *acompaña un vale vista banco estado beneficiario subsecretaria del interior por $142.545 de 5 octubre 2021 y otro de la misma fecha por $133.594 A folio 4 evacua informe el Servicio Nacional de Migraciones solicitando desde ya el rechazo en todas sus partes de esta, ya que no se configuran los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición. Señala que el 7 de octubre de 2021 el amparado solicitó el beneficio de residencia definitiva, encontrándose su residencia anterior vencida desde el 22 de noviembre de 2019, por lo que postuló encontrándose irregular en el país. Al momento de postular, no remitió la sanción por residencia irregular del artículo 107 o 119, solicitada por la autoridad, requisito exigido para otorgar el permiso de residencia d
Fundamentos
considerando Primero: Que, el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, por esta vía cautelar, se cuestiona la legalidad de la Resolución Exenta N°24570782 de 12 de diciembre de 2024, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, mediante la cual rechazó la solicitud de residencia definitiva y dispuso el abandono del país, la que se funda en no haber acreditado el pago de la multa por haber residido irregularmente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 21.325. Tercero: Que, sin perjuicio de que el amparado no demostró haber pagado la multa por residencia irregular en el procedimiento administrativo, en esta instancia acompañó vale vista cuyo beneficiario es la Subsecretaria del Interior de 5 de octubre de 2021, por la suma de $133.594,
Fallo
por tanto se tendrá por pagada la sanción impuesta por residencia irregular, por lo que se acogerá el presente arbitrio. Cuarto: Que, del mérito de lo expuesto, de ejecutarse la orden de abandono que decretó la resolución en estudio, se afecta la libertad personal del amparado, lo que lleva a acoger el recurso de la forma que se dirá en lo resolutivo. Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República sobre tramitación y fallo del recurso de amparo, se acoge la acción de amparo deducida por Julio Michel contra el Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se ordena que se deberá reabrir el procedimiento administrativo debiendo resolver lo que en derecho corresponda. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-1824-2025. En Valparaíso, veintiséis de mayo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiséis de mayo de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1 comparece Emmanuel Bien-Aime, en favor de Julio Michel, de nacionalidad haitiana, quien interpone acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N°24570782 de 12 de diciembre de 2024, mediante la cual rechazó su solicitud de residencia
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica