FL AH CONTRA ERICK CLAUDIO ARAVENA BUSTOS
Rol
Fecha
26 de mayo de 2025
Materia
RECEPTACION DE VEHICULOS MOTORIZADOS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: En estos autos RUC N° 1901011944-0, RIT N° O-68-2022, una sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad dictó sentencia el 11 de febrero de 2025, condenando al acusado Erick Claudio Aravena Bustos, a tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales, y al pago de una multa a beneficio fiscal de un tercio de unidad tributaria mensual, como autor de receptación de vehículo motorizado, perpetrado el 23 de febrero de 2019. Al no reunir los requisitos de la Ley 18.216, deberá cumplir en forma efectiva el castigo corporal impuesto. En contra de dicha sentencia la Defensora Penal Pública, doña Constanza Cortés Madariaga, dedujo recurso de nulidad, que fundamentó en la causal prevista en el artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal. A la audiencia de rigor, compareció la Defensora Penal Pública doña Pamela Delucchi Henríquez, mientras que por el Ministerio Público asistió el abogado don Marko Morales Arias. OÍDO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la Defensa deduce la causal de nulidad del artículo 374 letra e) con relación al artículo 342 letra c), ambos del Código Procesal Penal, esto es, “Cuando, en la sentencia, se hubiere omitido alguno de los requisitos previstos en el artículo 342, letras c), d) o e)”, a saber, “La exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y circunstancias que se dieren por probados, fueren ellos favorables o desfavorables al acusado, y de la valoración de los medios de prueba que fundamentaren dichas conclusiones de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 297”. Como antecedentes del recurso señala que el Ministerio Público dedujo acusación en contra de su representado por hechos constitutivos del delito de receptación de vehículo motorizado, ilícito previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal. Añade que los jueces dieron por acreditados los hechos que se indican en el motivo Séptimo del
Fallo
fallo impugnado, que al efecto transcribe. También refiere que la postura de la defensa durante el juicio fue una teoría absolutoria, toda vez que no existen medios probatorios suficientes para acreditar los elementos del tipo penal. Finalmente, la sentencia condenó al acusado Aravena Bustos, como autor de receptación de vehículo motorizado, al estimar que la prueba rendida por el Ministerio Público determina de manera precisa y unívoca que el encartado tenía en su poder el vehículo sustraído conociendo que había sido sustraído o no pudiendo menos que saberlo. Sin embargo, señala que para la defensa no concurren los requisitos para configurar los elementos del tipo penal y el fallo infringe la obligación de argumentar el desistimiento de toda la prueba rendida en juicio, por lo impugna la decisión condenatoria del delito en cuestión. SEGUNDO: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 297 del Código Procesal Penal, los Tribunales apreciarán la prueba con libertad, pero no podrán contradecir los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados. El tribunal deberá hacerse cargo en su fundamentación de toda la prueba producida, incluso de aquella que hubiere desestimado, indicando, en tal caso, las razones que hubiere tenido en cuenta para hacerlo. La valoración de la prueba en la sentencia requerirá el señalamiento de él o los medios de prueba mediante los cuales se dieren por acreditados cada uno de los hechos y circunst
Texto Completo (Preview)
Iquique, veintiséis de mayo de dos mil veinticinco. VISTO: En estos autos RUC N° 1901011944-0, RIT N° O-68-2022, una sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad dictó sentencia el 11 de febrero de 2025, condenando al acusado Erick Claudio Aravena Bustos, a tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales, y al pago de una multa a beneficio fiscal de un t
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica