HECTOR MALDONADO LLANOS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
26 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Ingrid Katherina Toledo Vega, abogada en representación de Héctor Maldonado Llanos, ciudadano boliviano, cédula de identidad boliviana N°76636233, interpone acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la actuación ilegal consistente en la dictación de la Resolución Exenta N°25095878, de 20 de febrero de 2025, mediante la cual se rechazó la solicitud de residencia temporal del extranjero y se dispuso su abandono del país, actuación que afecta su derecho a la libertad personal consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Expone que el recurrente es padre de Facundo, de 1 año y 9 meses, nacido en Chile. Asimismo, hace presente que el actor ha mantenido una trayectoria laboral estable en Chile desde su ingreso al país, desempeñándose como mecánico independiente. Refiere que el 18 de diciembre de 2023 cumplió con el pago de una multa por $189.978, por haber residido de manera irregular en el país. Añade que ese mismo día presentó una solicitud de residencia temporal y que el 20 de mayo de 2024 se le informó que debía remitir su certificado de antecedentes penales, cuestión que cumplió dentro del plazo otorgado por el Servicio. Relata que el 19 de diciembre de 2024 se le notificó la resolución de previo rechazo, por haber presentado un certificado de antecedentes que no era verificable en línea, por lo que se le solicitó presentar el certificado original o debidamente apostillado. Añade que habría dado oportuno cumplimiento a lo solicitado. Afirma que habiendo cumplido en dos oportunidades con la obligación de enviar el documento requerido, la recurrida dictó el 20 de febrero de 2025 la resolución que ahora se impugna, mediante la cual rechazó su solicitud y dispuso el abandono del país. Estima que la resolución es ilegal, toda vez que habría dado pleno y oportuno cumplimiento a los requerimientos del Servicio. Además, sostiene que la resolución no considera el arraigo f
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Héctor Maldonado Llanos en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad. N°654- 2025 Amparo
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintiséis de mayo de dos mil veinticinco Vistos y teniendo presente: Primero: Que Ingrid Katherina Toledo Vega, abogada en representación de Héctor Maldonado Llanos, ciudadano boliviano, cédula de identidad boliviana N°76636233, interpone acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la actuación ilegal consistente en la dictación de la Resolución Exenta N°25095
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