MOSQUERA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES Y OTRO
Rol
Fecha
23 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, el abogado Pablo Peñaloza Parra, interpone recurso de protección en favor de Andrea Carolina Mosquera Rodríguez, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad N°°25.469.087-2, domiciliada para estos efectos en Segunda Avenida 1245, Depto 406, Comuna De San Miguel, Región Metropolitana, en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Publica, representado por don Álvaro Elizalde Soto, de la Subsecretaria del Interior, representado por Víctor Ramos Muñoz, y del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Eduardo Thayer Correa, con domicilio en San Antonio 580, comuna de Santiago, en razón de haber incurrido en una omisióń ilegal y arbitraria que perturba la garantía fundamental del numeral 2 del artículo 19 de la Carta Fundamental, consistente en la falta de pronunciamiento respecto de su solicitud de nacionalización formulada el 31 de julio de 2022, lo que estima infringe lo dispuesto en la Ley N°19.880. Pide, en definitiva, que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud planteada, con expresa condena en costas. Segundo: Que informa el Servicio Nacional de Migraciones, señalando que con fecha 31 de julio de 2022 la recurrente remitió ante ese Servicio solicitud de carta de nacionalización y al haber pasado las etapas de análisis el servicio con fecha 1 de mayo de 2024, remitió al Ministerio del Interior el expediente completo de carta de nacionalización por medio de Oficio Ordinario N°24.712, por lo que la solicitud de la recurrente se encuentre en trámite ante el Ministerio del Interior y Seguridad Publica a la espera de la decisión final emanada de autoridad administrativa competente. Señala que cabe recordar que la competencia del Servicio Nacional de Migraciones cesa al enviar los antecedentes al Ministerio del Interior, conforme el art. 157 No.8 de la Ley 21.325, sugiriéndole a la autoridad un proyecto de Decreto, no siendo vinculante, por lo que al solicitar la recurrente un pronunciam
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de doña Andrea Carolina Mosquera Rodríguez, en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Publica, Subsecretaria del Interior y Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°1171-2025 Protección.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintitrés de mayo de dos mil veinticinco. A los escritos de folios 10 y 11: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, el abogado Pablo Peñaloza Parra, interpone recurso de protección en favor de Andrea Carolina Mosquera Rodríguez, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad N°°25.469.087-2, domiciliada para estos efectos en Segunda Avenida 1245, Depto 406, Comun
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