OJEDA/FISCO DE CHILE - CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO DE CHILE - D.D.H.H. (LTE) - VUELVE A TABLA
Rol
Fecha
23 de mayo de 2025
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
CONFIRMA CON DECLARACIÓN
Hechos
VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, suprimiendo en el
Fundamentos
considerando trigésimo séptimo la expresión “intereses y”. Y TENIENDO EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, PRESENTE: Que habiéndose solicitado en la demanda que la suma que se otorgue por daño moral lo sea, además, con intereses, se dispone que la indemnización concedida devengará intereses corrientes para operaciones no reajustables los que se contabilizarán desde que el deudor se constituya en mora de su pago. En razón de lo expuesto y atendido además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de ocho de agosto de dos mil veinticuatro, con declaración que la suma que se condena pagar al Fisco de Chile a la actora asciende a la suma de veinticinco millones de pesos ($25.000.000) a título de daño moral, devengará intereses corrientes para operaciones reajustables los que se contabilizarán desde que el deudor sea constituido en mora. Regístrese y devuélvase la competencia. N°Civil-15575-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de mayo de dos mil veinticinco. Proveyendo al escrito folio 21: a todo, téngase presente. Proveyendo a lo principal del escrito folio 22: téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, suprimiendo en el considerando trigésimo séptimo la expresión “intereses y”. Y TENIENDO EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, PRESENTE: Que ha
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