MARIO IGNACIO ROJAS SÁEZ/CORTE DE APELACIONES DE CONCEPCIÓN
Rol
Fecha
23 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Visto: Teniendo presente que la acción cautelar deducida en estos autos pretende impugnar la actuación de una de las Salas de esta misma Corte y que conforme a lo dispuesto en el artículo 66 inciso 2° del Código Orgánico de Tribunales, cada Sala representa a la Corte en los asuntos que conoce, resulta improcedente que se conozca aquí del recurso de amparo impetrado, razón por la cual se ordena remitir estos antecedentes a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Chillán para que continúe conociendo de los mismos. Tómense las notas respectivas. Sirva la presente resolución de suficiente oficio remisor. N°Amparo-285-2025.
Fallo
se declara que la ministra señora Valentina Salvo Oviedo, el ministro señor Gonzalo Rojas Monje y el fiscal judicial señor Hernán Rodríguez Cuevas, se encuentran inhabilitados para conocer de estos autos. Al recurso folio 1: A todo: Visto: Teniendo presente que la acción cautelar deducida en estos autos pretende impugnar la actuación de una de las Salas de esta misma Corte y que conforme a lo dispuesto en el artículo 66 inciso 2° del Código Orgánico de Tribunales, cada Sala representa a la Corte en los asuntos que conoce, resulta improcedente que se conozca aquí del recurso de amparo impetrado, razón por la cual se ordena remitir estos antecedentes a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Chillán para que continúe conociendo de los mismos. Tómense las notas respectivas. Sirva la presente resolución de suficiente oficio remisor. N°Amparo-285-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CVF/jcd Concepción, veintitrés de mayo de dos mil veinticinco. Con el mérito de la constancia precedente, se declara que la ministra señora Valentina Salvo Oviedo, el ministro señor Gonzalo Rojas Monje y el fiscal judicial señor Hernán Rodríguez Cuevas, se encuentran inhabilitados para conocer de estos autos. Al recurso folio 1: A todo: Visto: Teniendo presente que la acción ca
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