SIN INFORMACION

FLEITAS DUARTE YOEL CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

22 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: Comparece don Sergio Aburto Mayorga, abogado, a favor de don Yoel Fleitas Duarte, extranjero, por quien deduce acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por notificar el previo rechazo de su solicitud de residencia definitiva, acto que constituye una vulneración de las garantías constitucionales consagradas en los numerales 1 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que el 15 de abril de 2023, presentó en línea la solicitud de permanencia definitiva, acompañando toda la documentación exigida, incluido el certificado de antecedentes penales del país de origen, debidamente legalizado y vigente. Sin embargo, el 24 de marzo de 2025 fue notificado de un "Previo Rechazo" fundado en dos supuestas causales, haber permanecido fuera de Chile por más de 180 días en el último año de vigencia de su visa, y no haber acompañado el certificado de antecedentes penales legalizado. Alega que ambos

Fundamentos

fundamentos son erróneos, primero, porque sólo ha viajado dos veces a Cuba desde 2015, sumando 80 días fuera del país; y segundo, porque el certificado fue acompañado dentro del plazo exigido y debidamente legalizado. Afirma que intentó aclarar estos errores en forma presencial pero no fue atendido, ya que se le indicó que la atención debía ser vía correo electrónico. Esto le impide regularizar su situación migratoria, lo que amenaza su estabilidad laboral, ya que en los establecimientos donde trabaja le exigen acreditar residencia definitiva, y al no contar con ella podría quedar desempleado, sin ingresos, sin posibilidad de cotizar en el sistema previsional, ni acceder a servicios básicos como salud o banca, afectando gravemente su derecho a la vida. En definitiva, pide decretar que la recurrida ordene a un funcionario del Servicio revisar y dejar sin efecto la Notificación Previo Rechazo dictado por la recurrida el 24 de marzo de 2025 a propósito de la tramitación de la solicitud de permanencia definitiva N°63531827 ,y se otorgue plazo especial al recurrente, para acompañar los antecedentes penales del país de origen ,y los sellos de salida y entrada a Chile desde Cuba, en los únicos dos viajes que ha realizado a su país, para proseguir la tramitación de su solicitud de residencia definitiva. Evacuó informe la Policía de Investigaciones de Chile, detalla los movimientos migratorios del recurrente registrados en el registro nacional de viajes. Agrega que el actor no registra antecedentes ni encargos judiciales vigentes y que en a plataforma del Ministerio del Interior solo se registra su solicitud de residencia definitiva ingresada el 27 de junio de 2023. Evacúa informe Servicio Nacional de Migraciones, indica que revisada la postulación de actor en su sistema interno, constato que el recurrente adjunto los documentos solicitados, por lo que su proceso avanzo a la etapa de resolución con fecha 08 de abril de 2025, por lo que solicita el rechazo de la acción constitucional de protección en todas sus partes por haber perdido oportunidad y eficacia, así como el rechazo de la condena en costas. Acompaña resolución. Se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el artículo 20 de la Constitución Política de la República concede, a quien por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías taxativamente señalados, la acción cautelar de protección a fin de impetrar del órgano jurisdiccional se adopten de inmediato las medidas o providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. De lo anterior se infiere que para su procedencia es requisito indispensable la existencia de un acto u omisión ilegal, es decir, contrario a derecho, en el sentido de vulnerar un precepto normativo obligatorio, o bien, arbitrario, esto es, producto del mero capricho de quien

Texto Completo (Preview)

Iquique, veintidós de mayo de dos mil veinticinco. VISTO: Comparece don Sergio Aburto Mayorga, abogado, a favor de don Yoel Fleitas Duarte, extranjero, por quien deduce acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por notificar el previo rechazo de su solicitud de residencia definitiva, acto que constituye una vulneración de las garantías constitucionales co

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