SIN INFORMACION

AGUILERA IBARRA CARLOS ANTONIO / GENDARMERIA DE CHILE - JUZGADO DE GARANTIA DE CHIGUAYANTE

Rol

Fecha

22 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: Que se presentó el abogado Cristóbal Zúñiga Lavín en representación del interno Carlos Antonio Aguilera Ibarra interponiendo recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile y de los Juzgados de Garantía de Chiguayante y de Colina. Refiere que el aparado fue condenado a cinco años de presidio menor en grado máximo y actualmente cumple su pena en el Penal Santiago Sur, con un abono de 433 días, y durante su privación de libertad, ha sufrido agresiones por parte de otros internos, lo que ha afectado gravemente su salud, ya que, debido a una condición diabética, perdió la visión y se encuentra desprotegido frente a nuevos abusos. Añade que, a pesar de múltiples solicitudes al Juzgado de Garantía de Chiguayante y a Gendarmería, no ha recibido asistencia médica ni medidas de protección adecuadas,

Fundamentos

considerando que la situación de hacinamiento agrava su vulnerabilidad. Argumenta que la falta de atención constituye una grave vulneración de sus garantías fundamentales, especialmente el deber del Estado de proteger a las personas privadas de libertad. Solicita un control judicial estricto sobre el respeto a los derechos fundamentales del interno, exigiendo medidas de protección y asistencia médica y se expliciten los motivos por los cuales no se ha dado la debida protección a la vida de su representado, exigiendo se adopten las medidas pertinentes para colaborar con su desplazamiento y sobre llevar la vida en el Penal para el cumplimiento de la pena impuesta, y atendido que no podrá recuperar la visión, a lo menos, se le permita una calidad de vida más digna. Acto seguido, amplía el recurso buscando corregir una situación que, según indica, afecta los derechos fundamentales de Aguilera Ibarra ya que fue absuelto por un delito de connotación sexual, sin que Gendarmería haya actualizado sus registros, impidiendo su acceso a beneficios penitenciarios como la libertad condicional, por lo que la falta de actualización de su datos vulnera el derecho a la libertad, resguardado en el artículo 21 de la Constitución de Chile. Solicita que se pida informes al Juzgado de Garantía de Colina y al Departamento de Estadísticas del Penal en que actualmente se encuentra recluido. Informa el Juzgado de Garantía de Chiguayante, señalando que el interno está condenado por el delito de tráfico de drogas a la pena 5 años de presidio menor en su grado máximo, en causa RIT 506-2022, sin que se le otorgare pena sustitutiva, con abonos de 433 días; añade que, en resguardo de sus derechos fue trasladado desde el Centro de Cumplimiento Penitenciario Biobío al Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en julio de 2023; luego de lo cual la Defensa ha solicitado una serie de audiencias por cautela de garantías, habiendo sido autorizado su traslado a un centro asistencial para tratar su problema oftalmológico en agosto de 2024, sin que la Defensa desde dicha época haya efectuado peticiones en favor del amparado. Informa también el Juzgado de Garantía de Colina, indicando que se lleva respecto del amparado la causa RIT 6477-2022 por delito de abuso sexual en que se dictó sentencia absolutoria el 12 de febrero de 2024 por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esa comuna, habiéndose presentado en mayo de 2024 escrito de cautela de garantías para los efectos de cómputos y eventuales beneficios intrapenitenciarios, a lo que se accedió, oficiando a Gendarmería al efecto, sin que desde dicha fecha conste solicitud alguna del abogado defensor. Informa, igualmente, Gendarmería de Chile, a través del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, aclarando que respecto del amparado no se registran denuncias de amenazas a su integridad o agresiones, encontrándose en dependencias de la Galería N°7, y que consultado el interno dice estar bien, con buenas relaciones con sus par

Fallo

Por estas consideraciones, normas citadas y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA la acción constitucional de amparo presentada el abogado Cristóbal Zúñiga Lavín en representación del interno Carlos Antonio Aguilera Ibarra; no obstante, Gendarmería de Chile arbitrará de inmediato las medidas para consultar al interno las condiciones en que se encuentra y actualizará de inmediato su ficha única conforme a la información que se le entregue por los Juzgados de Garantías de Chiguayante y Colina, quienes, a su vez, deberán revisar e informarles, en cuanto se les notifique esta sentencia, los efectivos abonos con que cuenta el amparado, informando a esta Corte las medidas adoptadas. Regístrese, comuníquese y, oportunamente, archívese. Redacción de la ministra interina Margarita Sanhueza Núñez. No firma el ministro señor Mauricio Silva Pizarro, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa por encontrarse haciendo uso de permiso. Rol Amparo 237-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, veintidós de mayo de dos mil veinticinco. VISTO: Que se presentó el abogado Cristóbal Zúñiga Lavín en representación del interno Carlos Antonio Aguilera Ibarra interponiendo recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile y de los Juzgados de Garantía de Chiguayante y de Colina. Refiere que el aparado fue condenado a cinco años de presidio menor en grado máximo

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