BENJAMÍN VALENZUELA SAAVEDRA/TERCERA SALA ILUSTRÍSIMA CORTE DE APELACIONES DE RANCAGUA
Rol
Fecha
22 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE/NHL ONI
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: 1°. Que la acción constitucional de amparo regulada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es de competencia de la Corte de Apelaciones respectiva. 2°. Que, en la presente causa, se deduce recurso de amparo por la abogada Paula Páez González, en contra de la resolución de 17 de abril de 2025, dictada por la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua, en causa Rol Penal-327-2025. 3°. Que, declarar admisible el recurso y conocer sobre el fondo, implicaría darle competencia como tribunal superior a una Corte de Apelaciones respecto de otra, lo que afecta las normas sobre competencia que regulan la materia y que se encuentran contenidas en el Código Orgánico de Tribunales, entre ellas la del grado y jerarquía y puede constituir, incluso, una vulneración de lo dispuesto por el artículo 7º de la Constitución Política de la República. Por lo antes expuesto
Fallo
se declara INADMISIBLE el recurso de amparo interpuesto por la abogada Paula Páez González, en contra de la resolución de 17 de abril de 2025, dictada por la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua. Al otrosí, atendido lo anteriormente decidido, no ha lugar. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-413-2025. acl
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, veintidós de mayo de dos mil veinticinco. Resolviendo a lo principal del escrito folio 1: Visto y considerando: 1°. Que la acción constitucional de amparo regulada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es de competencia de la Corte de Apelaciones respectiva. 2°. Que, en la presente causa, se deduce recurso de amparo por la abogada Paula Páez González,
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