SIN INFORMACION

VALLEJOS/AGRÍCOLA MALALCAHUELLO

Rol

Fecha

22 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1) Comparece don Javier Alejandro Cardemil Ibáñez, abogado, en representación de doña Carmen Gloria Vallejos Maldonado, doña Alicia del Carmen Vallejos Maldonado, doña Verónica Cecilia Vallejos Maldonado y don Rumilio Segundo Vallejos Reyes, todos domiciliados en Parcela Uno Lote B del Proyecto de Parcelación, Las Minas, Sector Punahue, comuna de Los Lagos, y deduce acción constitucional de protección en contra de don Gonzalo Estévez Tascón, quien representa a la sociedad Agrícola Malacahuello Limitada, Rol Único Tributario N°88.953.500-8, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Pedro Aguirre Cerda número 1650, comuna de Valdivia, quien -señala- mediante actos ilegales y arbitrarios procedió a impedir a los recurrentes el ingreso a sus predios, clausurando los dos caminos vecinales existentes, que comunican sus propiedades con el camino público, lo que hizo quitando el puente de acceso al camino vecinal, el cual históricamente se ha utilizado para estos fines, prohibiendo la entrada de vehículos a través de dicho camino vecinal, limitándoles el ingreso, ya que, este solo puede realizarse caminando varios metros. Refiere que los recurrentes son dueños de un lote denominado Parcela Uno Lote B, de una superficie de 1,50 hectáreas, según inscripción del año 2016, la que es producto de la subdivisión de la Parcela número Uno del Proyecto de Parcelación Las Minas el año 2000. Lo anterior, indica, es relevante porque producto de la subdivisión, antes mencionada, el dueño, debidamente representado, constituyó servidumbre gratuita de acueducto y tránsito en favor de todas las parcelas del proyecto resultante, sitio y bienes comunes, inscrita a fojas 39 número 44 en el Registro de Hipotecas del Conservador de Bienes Raíces de Los Lagos, año 2000. Indica que los recurrentes junto a su padre y familia viven hace más de 45 años en el sector, esto, desde que su padre, don Rumilio, comenzó a trabajar para el recurrido aproximadamente desde el año 1980.               Menciona que hace aproximadamente tres años, de forma arbitraria, el recurrido decide sacar el puente de acceso (camino vecinal 1) al camino vecinal que une la carretera con las propiedades de los recurrentes, en aquel entonces, los afectados solicitaron en innumerables ocasiones que dicho camino fuera restablecido, sin éxito, pero decidieron evitar conflictos, ya que se podía seguir transitando por dicho camino de a pie por el mismo y cuando necesitaban ingresar en vehículos lo hacían por el otro camino vecinal existe (camino vecinal 2).              Pero el 19 de febrero de 2025, el recurrido clausuró esa única otra vía que les quedaba, el camino vecinal 2, utilizando una retroexcavadora con la cual estaban retirando el otro puente de acceso, eliminando el único camino por el cual los recurrentes podían ingresar a sus inmuebles en vehículos.             Señalan que producto de ello, les ha complicado la vida por no poder acceder en vehículo hasta sus respectivos inmuebles, q

Fallo

Por estas consideraciones y lo preceptuado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve: Que se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por don Javier Alejandro Cardemil Ibáñez, en representación de doña Carmen Gloria Vallejos Maldonado, doña Alicia del Carmen Vallejos Maldonado, doña Verónica Cecilia Vallejos Maldonado y don Rumilio Segundo Vallejos Maldonado, en contra de don Gonzalo Estévez Tascón, quien representa a la sociedad Agrícola Malacahuello Limitada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-328-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, veintidós de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1) Comparece don Javier Alejandro Cardemil Ibáñez, abogado, en representación de doña Carmen Gloria Vallejos Maldonado, doña Alicia del Carmen Vallejos Maldonado, doña Verónica Cecilia Vallejos Maldonado y don Rumilio Segundo Vallejos Reyes, todos domiciliados en Parcela Uno Lote B del Proyecto de Parcelac

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