ANDRES HUENCHUAN MILLAPE/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
22 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1) Comparece doña Sandra Verónica Zamora Oyarzun, defensora penal pública penitenciaria, y deduce acción constitucional de amparo en favor del condenado privado de libertad don Andrés Roberto Huenchuan Millape, 42 años, cédula nacional de identidad N°15.687.790-5, actualmente cumpliendo condena en el centro de cumplimiento penitenciario de Osorno, contra la Comisión de Libertad Condicional, que por resolución de 7 de abril de 2025 en causa Rol 45-2025 (Com. Lib. Con), rechazó por unanimidad la concesión del beneficio de la libertad condicional de su representado, lesionando su derecho a la libertad personal garantizado en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, y solicita que se deje sin efecto dicha resolución, otorgándole en definitiva dicho beneficio. Refiere que su representado se encuentra cumpliendo una condena de 12 de presidio mayor en su grado medio por el delito de homicidio y 540 días de presidio menor en su grado mínimo por un delito de lesiones menos graves en causa RUC 1600150625-6, reproche impuesto en sentencia dictada por el tribunal en lo penal de Osorno y, además, un saldo de pena de 7 días por revocación de libertad condicional, respecto de una condena original de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo por un delito de robo en lugar habitado, revocación que se dispuso con fecha 06 de abril de 2017, por encontrarse privado de libertad por cumplimiento de otra condena. Señala que cuenta con 6 bimestres de buena conducta, que inició el cumplimiento de condena el 31 de enero de 2025 y termina el 15 de agosto de 2029, habiendo cumplido el tiempo mínimo el 13 de febrero de este año, contando con 351 días de abono. Sostiene que presenta avances en su proceso de resocialización por los siguientes motivos: En el área educacional, se encuentra eximido, toda vez que cuenta con enseñanza media completa. En el ámbito laboral, inicia actividad laboral desde los 17 años en carga y descarga de camiones en rubro de leña, en área de cosecha, construcción. Al interior del penal se encuentra desarrollando actividades de artesanía en madera Proceso de intervención, cuenta con un plan de intervención vigente y en proceso de ejecución desde 2024. Solicita se acoja su acción se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional, decretando que se le concede la libertad inmediata. 2) Para una adecuada resolución jurídica de la controversia, es necesario tener en cuenta que el artículo 1 del Decreto Ley N°321, del Ministerio de Justicia, modificado por la Ley N°21.124, de 18 de enero de 2019, dispone que “La libertad condicional es un medio de prueba de que la persona condenada a una pena privativa de libertad y a quien se le concediere, demuestra, al momento de postular a este beneficio, avances en su proceso de reinserción social”. A su turno, el artículo 2 del mismo Decreto, señala: “Toda persona condenada a una pena privativa de libertad de más de un año de duración podr
Fallo
Por lo expuesto, normas citadas, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se resuelve que: SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto en favor de Andrés Roberto Huenchuan Millape, cédula nacional de identidad N°15.687.790-5, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-193-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, veintidós de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: 1) Comparece doña Sandra Verónica Zamora Oyarzun, defensora penal pública penitenciaria, y deduce acción constitucional de amparo en favor del condenado privado de libertad don Andrés Roberto Huenchuan Millape, 42 años, cédula nacional de identidad N°15.687.790-5, actualmente cumpliendo condena en el cent
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