JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

MINISTERIO PUBLICO C/ DIEGO FERNANDO TORIJANO RAIGOZA

Rol

Fecha

22 de mayo de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, de los cuales se desprende que, en el presente caso, concurren todos y cada uno de los requisitos que señala el artículo 140 del Código Procesal Penal. Los dos primeros no han sido cuestionados derechamente en la audiencia. En cuanto a la letra c), se estima que la libertad del imputado, constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, habida consideración a la gravedad de la pena asignada por el legislador al hecho punible en comento, SE CONFIRMA la resolución de catorce de mayo del año dos mil veinticinco, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Diego Fernando Torijano Raigoza. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 374-2025 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica. Arica, veintidós de mayo de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Rol: 374-2025 Penal Ruc: 2500272969-8 RIT: 1641-2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: ministro señor Pablo Zavala Fernández, ministro señor José Delgado Ahumada y abogado integrante señor Ricardo Oñate Vera. Relator (a): Patricia Díaz Donoso Digitador (a): Adrián Sánchez Camp

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