JUZGADO DE GARANTIA DE SANTA CRUZ

MP/MAURICIO NUÑEZ ECHEVERRIA

Rol

Fecha

22 de mayo de 2025

Materia

OTROS HECHOS QUE NO CONSTITUYAN DELITO: CODIGO AGRUPADOR ( 01008, 01009 Y 1011 ).

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1.- Que, en primer lugar, cabe precisar que, de acuerdo con los antecedentes aportados en audiencia por los intervinientes, es un hecho establecido que en la causa rol C-843-2024, del Primer Juzgado de Letras de Santa Cruz, se rechazó el incidente de nulidad promovido por extemporáneo. Así, la razón de rechazarse la nulidad fue la negligencia de la parte al interponer la nulidad fuera de plazo, resolución que fue confirmada por esta Corte al conocer el respectivo recurso de apelación. 2.- Que, de esta forma, y para resolver el presente recurso, se debe tener en consideración que al haberse resuelto su solicitud en sede civil por resolución fundada y habiéndose dado tramitación al recurso de apelación interpuesto, no hay duda que no se configura un delito en base a la alegación de la recurrente, en orden a que el tribunal debió haber hecho uso de sus facultades oficiosas. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 250, 253, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha nueve de abril de dos mil veinticinco, dictada en los autos RIT 1980-2024, del Juzgado de Garantía de Santa Cruz. Regístrese, comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 404-2025-Penal

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, veintidós de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: 1.- Que, en primer lugar, cabe precisar que, de acuerdo con los antecedentes aportados en audiencia por los intervinientes, es un hecho establecido que en la causa rol C-843-2024, del Primer Juzgado de Letras de Santa Cruz, se rechazó el incidente de nulidad promovido por extemporáneo. Así, la razón de rechazarse la nuli

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