10º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/ ERICA ANDREA SULANTAY ARIAS Y OTROS.

Rol

Fecha

22 de mayo de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. A su vez, el artículo 139 del referido ordenamiento prevé que la prisión preventiva procederá cuando las demás medidas cautelares personales fueren estimadas como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o de la sociedad. Segundo: Que del mérito de los antecedentes expuestos, aparece que la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal se ve suficientemente satisfecha con otras medidas que al efecto contempla el artículo 155 del mismo cuerpo legal, como se dirá en lo resolutivo de esta resolución. Y atendido lo dispuesto en los artículos 140 a 155 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en la audiencia de quince de mayo del año en curso, por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la prisión preventiva de la imputada Erica Andrea Sulantay Arias y se declara que se disponen las medidas del artículo 155 letras a) y d) del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario total y la prohibición de salir del país, debiendo el tribunal a quo disponer lo pertinente para hacer cumplir lo ordenado. Devuélvase. N° 1651-2025-Penal.

Fallo

se declara que se disponen las medidas del artículo 155 letras a) y d) del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario total y la prohibición de salir del país, debiendo el tribunal a quo disponer lo pertinente para hacer cumplir lo ordenado. Devuélvase. N° 1651-2025-Penal.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintidós de mayo de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Rol Corte: 1651-2025-Penal Ruc: 2400960395-2 Rit: 2518-2024 10° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Ministro de fe: Carolina Cordero Jara Imputado: ERICA ANDREA SULANTAY ARIAS Y OTROS Escritos proveídos en audiencia: folios 3 y 4 San Miguel, veintidós de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que el

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