SIN INFORMACION

ALEJANDRO FEDERICO PREUSS LAZO/COMPLEJO TURISTICO ILIMAY LAS CRUCES

Rol

Fecha

22 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: A folio 1, comparece el abogado Alejandro Preuss Lazo, en representación de doña María Susana Lazo Mongillo, de 86 años, quien interpone recurso de protección en contra del Complejo Turístico Ilimay Las Cruces, representado por su administrador don Nelson Maldonado Sepúlveda, por el acto que considera ilegal y arbitrario, consistente en haber suspendido el suministro de gas al departamento 103-8 de propiedad de la recurrente, sin fundamento normativo, sin procedimiento previo y sin considerar la condición de adulta mayor de la afectada, vulnerando con ello los derechos fundamentales del artículo 19 N°1, 2 y 24 de la Constitución Política de la República. Expone que, el 26 de marzo de 2025 fue notificado mediante correo electrónico por el administrador del Complejo Turístico Ilimay Las Cruces sobre la suspensión del suministro de gas al departamento de su madre, decisión adoptada por el Comité de Administración hasta que se realizara una inspección y se solucionaran eventuales defectos. En respuesta, el recurrente informó que su madre, de 86 años, propietaria desde el año 2000, no puede valerse por sí misma para viajar desde Santiago al complejo debido a su avanzada edad, dependiendo absolutamente de terceros para movilizarse. Argumentó que antes de aplicar tal sanción debía considerarse el derecho a ser oído y las circunstancias particulares del propietario, invocando el principio "a lo imposible, nadie está obligado" y la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Enfatiza que el único organismo competente para suspender el suministro de gas es la Superintendencia de Electricidad y Combustible, encontrándose la decisión impugnada fuera de las facultades que la Ley N° 21.442 otorga al Comité de Administración. Añade que, solicitó al administrador diversos documentos: el Reglamento de Copropiedad actualizado según Ley N° 21.442, acta de constitución del actual Comité de Administración, documentos que acredit

Fundamentos

fundamentos jurídicos, sostiene que la sanción impuesta es ilegal por cuanto la única sanción que dispone la Ley N° 21.442 es la suspensión del servicio de energía eléctrica, facultad que el administrador puede ejercer sólo en las hipótesis contenidas en los artículos 20 N° 9, 31 y 36 de dicha ley, lo que no ocurre en el caso de autos. Afirma,

Fallo

por tanto, que tanto el Comité de Administración como el administrador han realizado un acto ilegal que requiere protección jurisdiccional. Finalmente, respecto a las garantías vulneradas, el recurrente alega la transgresión de: igualdad ante la ley (art. 19 N°2 CPR), al imponer una sanción que excede las competencias del Comité y constituye discriminación arbitraria; derecho de propiedad (art. 19 N°24 CPR), al restringir el uso normal del inmueble por la privación del servicio básico de gas; y derecho a la vida e integridad física y psíquica (art. 19 N°1 CPR), por afectar la salud mental de su madre adulta mayor, quien no puede utilizar normalmente su propiedad. Pide, se deje sin efecto la suspensión del suministro de gas al departamento 103-8, ordenando su reposición inmediata a costa de la recurrida, con condena en costas. Acompaña documentos a su recurso. A folio 13, comparece la abogada Jessica, quien evacuó informe en representación del Complejo Turístico Ilimay Las Cruces, representado legalmente por su Presidente del Comité de Administración, don Hugo Casali Prichard, solicitando el rechazo del recurso. Señala que el Complejo Turístico tiene 28 años de antigüedad (desde 1997), comprende 9 edificios con 400 departamentos en total y recibe suministro de gas de Lipigas. Explica que desde 1999 es obligatorio que toda instalación de gas cuente con sello verde, y según la Resolución Exenta 1250, artículo 1-4 letra b), los edificios anteriores a 1999 deben someterse a inspe

Texto Completo (Preview)

Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintidós de mayo de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, comparece el abogado Alejandro Preuss Lazo, en representación de doña María Susana Lazo Mongillo, de 86 años, quien interpone recurso de protección en contra del Complejo Turístico Ilimay Las Cruces, representado por su administrador don Nelson Maldonado Sepúlveda, por el acto que considera ileg

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica