3º JUZGADO DE LETRAS DE ARICA

BANCO SANTANDER CHILE CON ARACENA ROJAS LUIS (E)

Rol

11407-2022

Fecha

26 de diciembre de 2022

Materia

Civil

Resultado

SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de la frase contenida en su

Fundamentos

considerando quinto que comienza con las palabras “Que en nada obsta” y termina con “en autos no acontecido”, la que se elimina. Y se tiene, en su lugar, además presente: Lo expresado en los motivos quinto a undécimo del

Fallo

fallo precedente y en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se pronuncia la siguiente sentencia de reemplazo. VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de la frase contenida en su considerando quinto que comienza con las palabras “Que en nada obsta” y termina con “en autos no acontecido”, la que se elimina. Y se tiene, en su lugar, además presente: Lo expresado en los motivos quinto a undécimo del fallo de casación que antecede y de acuerdo, además, con lo previsto en el artículo 186 y siguientes del Código de Enjuiciamiento Civil, se confirma la sentencia apelada de veintinueve de noviembre de dos mil veintiuno, dictada por el Tercer Juzgado de Letras de Arica, en los autos Rol Nº 2292-2019. Regístrese y devuélvase. Redacción a cargo del abogado integrante Gonzalo Ruz L. Rol N° 11.407-2022 Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema por los Ministros Sr. Guillermo Silva G., Sr. Arturo Prado P., Sra. María Teresa Letelier R. y Abogados Integrantes Sr. Eduardo Morales R. y Sr. Gonzalo Ruz L. No firman la Ministra Sra. Letelier y el Abogado Integrante Sr. Ruz no obstante ambos haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar con permiso la primera y ausente el segundo.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiséis de diciembre de dos mil veintidós. En cumplimiento a lo ordenado en el fallo precedente y en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se pronuncia la siguiente sentencia de reemplazo. VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de la frase contenida en su considerando quinto que comienza con las palabras “Que en nada obsta” y termina con “en autos no a

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica