SIN INFORMACION

ARIAS/CORPORACION MUNICIPAL DE DESAROLLO SOCIAL DE ANTOFAGASTA

Rol

Fecha

22 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

DECLARA INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendidos los hechos que fundamentan la presente acción constitucional, se puede desprender que estos no configuran los presupuestos necesarios para ser amparados por aquélla, desde que lo que se persigue es precisamente la declaración de derechos en materia laboral relacionados con el monto y periodo que corresponda aplicar para el pago de indemnizaciones derivadas del proceso de jubilación de la recurrente, aunado a que las peticiones que se formulan en el recurso exceden el ámbito meramente cautelar de protección de derechos indubitados que esta acción constitucional provee, toda vez que, la acción incoada constituye más bien una de naturaleza declarativa laboral. En consecuencia, de los

Fundamentos

fundamentos fácticos y normativos del arbitrio no es posible configurar la existencia de vulneración a la garantía constitucional pretendida, al no existir derechos indubitados, como presupuesto procesal basal de su procedencia, no siendo ésta la vía idónea para pretender la declaración del derecho a indemnización por el lapso que indica, por tratarse de una materia cuyo conocimiento, ponderación y declaración recae en los tribunales con competencia específica, a través de un juicio de lato conocimiento.

Fallo

Por estas consideraciones, se declara INADMISIBLE el recurso de protección deducido por doña Rosa Arias Acuña, en contra de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. Al primer otrosí: Téngase presente. Al segundo otrosí: Téngase por acompañados los documentos. Rol 673-2025 (PROTECCIÓN)

Texto Completo (Preview)

ean/ Antofagasta, a veintidós de mayo de dos mil veinticinco. A folio 6: Por cumplido lo ordenado. Proveyendo derechamente el folio 1: A lo principal: Vistos: Atendidos los hechos que fundamentan la presente acción constitucional, se puede desprender que estos no configuran los presupuestos necesarios para ser amparados por aquélla, desde que lo que se persigue es precisamente la declaración de

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