PATRICIA CAROLINA SANTANDER VIDAL/ISAPRE CONSALUD S.A.
Rol
Fecha
23 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Visto: Apareciendo de los antecedentes contractuales con los que ahora se cuenta luego de evacuado el informe, y desprendiéndose de ellos que el recurrente mantiene domicilio en la comuna de Santiago, se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, a la que deberán remitirse estos antecedentes vía interconexión. Tómese nota en los libros pertinentes. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. N°Protección-1959-2025.
Fallo
se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, a la que deberán remitirse estos antecedentes vía interconexión. Tómese nota en los libros pertinentes. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. N°Protección-1959-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción SYS/luc Concepción, veintitrés de mayo de dos mil veinticinco. Al escrito folio 4: A lo principal, primer y segundo otrosí: Estese a lo que se resolverá. Al tercer otrosí: A sus antecedentes. Al cuarto otrosí: Téngase por acreditada la personería. Visto: Apareciendo de los antecedentes contractuales con los que ahora se cuenta luego de evacuado el informe, y desprendiéndose
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