FISCO DE CHILE/JUAN CARLOS PÁEZ OLIVARES
Rol
Fecha
22 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: 1.- Que el 26 de julio de 2023, comparece la abogada Francesca Marzolo Podesta en representación del ejecutado Juan Carlos Páez Olivares, solicitando se declare el abandono del procedimiento de acuerdo con el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, fundado en que ha transcurrido el plazo señalado en el artículo 153 del mismo cuerpo legal para declarar el abandono del procedimiento desde la última gestión útil. 2.- Que el juez sustanciador resolvió el rechazo del incidente incoado, previo informe del abogado del Servicio de Tesorerías, entregando como fundamento que, si bien la etapa de cobro que se realiza en sede administrativa tiene carácter jurisdiccional, tiene características especiales, entre ellas, que no existen partes, sino solo deudor y Tesorero, agregando que la institución del abandono del procedimiento jamás tendrá lugar cuando el impulso procesal está a cargo del juez, pues es una sanción a las partes poco diligentes, y que una vez que el proceso se encuentre sometido ante el juez civil tiene aplicación la institución. Del mismo modo, el informe enfatiza las actuaciones que se han realizado a fin de instar por el cobro de las obligaciones tributarias adeudadas, más nada dice acerca del período de inactividad que alega la incidentista, que transcurre desde el año 2001 al año 2019. 3.- Que, es un hecho que fluye de la causa que el procedimiento no ha tenido movimiento desde el 08 de julio de 2001, cuando se efectuó solicitud ante el Servicio de Registro Civil e Identificación para inscribir un embargo sobre vehículo motorizado, para luego reactivarse mediante resolución de 03 de junio de 2021, que ordena al recaudador fiscal, en su calidad de ministro de fe, certificar los antecedentes del contribuyente en la base de datos, a fin de continuar con la ejecución. Luego, el 26 de julio de 2023, el ejecutado solicita el abandono del procedimiento de acuerdo a lo previsto en el artículo 152 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, no ex
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veintidós de mayo de dos mil veinticinco. Visto: 1.- Que el 26 de julio de 2023, comparece la abogada Francesca Marzolo Podesta en representación del ejecutado Juan Carlos Páez Olivares, solicitando se declare el abandono del procedimiento de acuerdo con el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, fundado en que ha transcurrido el plazo señalado en el art
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