ANONIMIZADO
Rol
Fecha
19 de mayo de 2025
Materia
ALIMENTOS
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que es un hecho indubitado que el demandado precedió a realizar pagos de colegiaturas de los alimentarios, sin que estuviera obligado a ello, de acuerdo al acta de conciliación de 9 de marzo de 2018, por lo que deben ser calificados como útiles y extraordinarios, debiendo ser imputados al pago; y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley N°19.968 y 145 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de 21 de octubre de 2024, inserta en la carpeta virtual RIT C-Z-880-2019 del Juzgado de Familia de Curicó, sólo en cuanto negó lugar al...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, diecinueve de mayo de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que es un hecho indubitado que el demandado precedió a realizar pagos de colegiaturas de los alimentarios, sin que estuviera obligado a ello, de acuerdo al acta de conciliación de 9 de marzo de 2018, por lo que deben ser calificados como útiles y extraordinarios, debiend
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