4º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO DEL ESTADO DE CHILE/MISSPATINES PAOLA ESPINOZA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITAD (LTE)

Rol

Fecha

19 de mayo de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que en el caso de la especie no se ha ejercido por la parte demandada el derecho que la ley confiere al litigante rebelde en el artículo 80 del Código de Procedimiento Civil -en cuyo caso, efectivamente, no habría de suspenderse el procedimiento durante la substanciación del incidente al tenor de lo prescrito en el artículo 81 del mismo cuerpo legal-, sino un incidente ordinario de nulidad de la notificación de la demanda, que se rige por el artículo 83 y que por su naturaleza de previo y especial pronunciamiento impone la suspensión de la tramitación de la cuestión principal, conforme lo prevé el inciso primero del artículo 87 del citado Código. En razón de lo anterior, deberá enmendarse la providencia de primer grado.               Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de catorce de febrero de dos mil veinticinco, dictada por el Cuarto Juzgado Civil de Santiago en la causa Rol N° 13.541-2023, y en su lugar se declara que se accede a lo pedido en el quinto otrosí de la presentación correspondiente al folio 29 y, en consecuencia, se decreta la suspensión de la tramitación del asunto.           Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo. N°Civil-4501-2025. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por el Ministro señor Jaime Balmaceda Errazuriz, el Ministro (S) señor Sergio Guillermo Córdova Alarcón y la Ministra (s) señora Elena Olaya Gahona Flores. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, diecinueve de mayo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de catorce de febrero de dos mil veinticinco, dictada por el Cuarto Juzgado Civil de Santiago en la causa Rol N° 13.541-2023, y en su lugar se declara que se accede a lo pedido en el quinto otrosí de la presentación correspondiente al folio 29 y, en consecuencia, se decreta la suspensión de la tramitación del asunto.           Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo. N°Civil-4501-2025. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por el Ministro señor Jaime Balmaceda Errazuriz, el Ministro (S) señor Sergio Guillermo Córdova Alarcón y la Ministra (s) señora Elena Olaya Gahona Flores. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, diecinueve de mayo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Que en el caso de la especie no se ha ejercido por la parte demandada el derecho que la ley confiere al litigante rebelde en el artículo 80 del Código de Procedimiento Civil -en cuyo caso, efectivamente, no habría de suspenderse el procedimiento durante la substanciación del incidente al tenor de lo

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