VILCHES PINO VICTOR GABRIEL/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL (CLC)
Rol
Fecha
19 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Carmen Pino Peñaloza, actuando en favor de Víctor Gabriel Vilches Pino, quien actualmente cumple condena en el C.C.P. Colina II, deduciendo acción de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por no otorgar el beneficio en cuestión al amparado, pese a que, a su juicio, cumpliría con todos los requisitos para acceder al beneficio. SEGUNDO: Que, por la Comisión de Libertad Condicional, evacuó informe su presidenta, ministra señora Sandra Araya Naranjo, quien señaló que el amparado fue postulado al beneficio de libertad condicional y que mediante resolución de fecha 25 de abril pasado, por unanimidad de sus miembros, la Comisión rechazó la concesión del beneficio correspondiente al segundo semestre de ese año. Hace presente que, la Comisión rechazó la concesión del beneficio de libertad condicional para el amparado, teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile no permitía hacer uso de la facultad establecida en el artículo 5 del Decreto Ley N°321. La recurrida acompañó los antecedentes con los que el amparado fue postulado al beneficio, consistentes en formulario consolidado de postulación al proceso de libertad condicional, del que se extrae que el interno fue calificado con alto compromiso delictual, y se encuentra cumpliendo una pena de 3 años y 1 día, por el delito de receptación, más un saldo de pena de 685 días, con fecha de inicio de condena el 3 de mayo de 2021, fecha de término el día 19 de marzo de 2026, y con tiempo mínimo para postular al beneficio cumplido el día 19 de septiembre de 2023. Asimismo, consta que fue calificado con conducta muy buena en los últimos seis bimestres y a la fecha de postulación el interno cuenta con dos faltas al régimen interno calificadas como graves, una por introducción de elementos prohibidos y otra por el porte de dos armas blancas, sin registrar beneficios intrapenitenciarios a su favor. En su in
Fundamentos
fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado, tienen relación con que, si bien el condenado cumple con los presupuestos formales para postular al beneficio, claramente existen factores de riesgo conductuales que demuestran escasas posibilidades de reinsertarse adecuadamente en la sociedad e impiden tener por acreditados avances significativos en su proceso de reinserción social. SEXTO: Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, se puede concluir que la recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N°321, modificado por la Ley N°21.124, denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que en su decisión se haya incurrido en un acto que pueda estimarse como arbitrario e ilegal. Conforme a lo antes expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones. SÉPTIMO: Que de lo razonado se concluye que no puede atribuirse ilegalidad ni arbitrariedad alguna a la resolución recurrida.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las á normas legales y reglamentarias citadas y en el art culo 21 de la Constitución Política de la República, y en el Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de don Víctor Gabriel Vilches Pino y dirigido en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1741-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de mayo de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Carmen Pino Peñaloza, actuando en favor de Víctor Gabriel Vilches Pino, quien actualmente cumple condena en el C.C.P. Colina II, deduciendo acción de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por no otorgar el beneficio en cuestión al amparado, pese
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