HDI SEGUROS S.A. CONTRA CESAR HORACIO BURGOA, MARCELO CARRASCO RODRIGUEZ
Rol
Fecha
19 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo, además, presente: Primero: Que, el abogado don Álvaro González Naveillán por la querellante y demandante civil HDI Seguros S.A, dedujo recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva dictada el 03 de enero de 2024 por el Juzgado de Policía Local de Hualpén en causa Rol N°16-2022, caratulada “HDI Seguros S.A con Horacio Burgoa”. Funda su recurso en que la sentencia recurrida le resulta agraviante, por cuanto accediendo a la denuncia y a la querella, el tribunal resuelve rechazar la demanda civil porque no resulta factible determinar los daños demandados. Refiere, que acreditó el pago del siniestro con el pago del finiquito, antecedentes que obran en el proceso. Añade, que consta en el parte policial que el vehículo asegurado sufrió daños de consideración, que están las fotografías y el finiquito que dan cuenta de una pérdida total. Expresa, que con el mérito de lo expuesto debe concluirse que en el proceso sí se encuentra acreditado el monto de los daños demandados. Destaca que en la sentencia no se indica ni sanciona que el conductor condenado al momento del choque no había obtenido su licencia de conducir, de lo que da cuenta el parte policial y la hoja agregada a fojas 29 y siguientes de autos, debiendo el sentenciador sancionar dicha conducta, aplicar la multa y suspensión establecida en los artículos 199, 204 y 207 de la Ley N°18.290, lo que no realizó. Pide, tener por interpuesto recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva de 18 de agosto de 2017 (sic), en aquella parte que rechaza la demanda civil, concederla con el objeto de que esta Corte la revoque y, en su reemplazo, se acceda a la misma en todas sus partes, con costas. Además, se sancione al conductor en conformidad con los artículos 199, 207 y 207 (sic) de la Ley de Tránsito, aumentando la multa y aplicando la suspensión. Segundo: Que, el abogado Claudio Vigueras Falcón, en representación del demandado civil, don Marcelo Carrasco Rodríguez, se adhirió a la
Fundamentos
considerando noveno que señala “resulta igualmente cierto la causa basal o principal del accidente consistente en la colisión entre los vehículos participes, consistió en que: don Cesar Horacio Burgoa, no se encontraba atento a las condiciones del tránsito, ya que en su propia declaración señala que al verse enfrentado al sol y quedar encandilado, no pudo ver si cruzo con luz roja o verde, de modo tal que es posible colegir que al circular no prestaba atención a las condiciones del tránsito, con lo que la responsabilidad en el accidente denunciado recae en el referido conductor …” , dejándose subsistente dicho considerando en la parte que concluye que no ha quedado establecido cuál de los conductores no respetó el semáforo existente; b) que se revoca el considerando resolutivo número 1, en cuanto acoge la denuncia de fojas 1 y querella de fojas 39 y condena a Don César Burgoa al pago de la multa que allí se señala como autor de infracción a los arts. 108 y 126 de la ley 18.290, y
Fallo
se resuelve en su lugar que quedan rechazadas dicha denuncia y querella; y c) que se confirma la sentencia en todo lo demás. El fundamento central de la adhesión radica en impugnar la conclusión del considerando noveno de la sentencia, en cuanto sostiene que Burgoa no se encontraba atento a las condiciones del tránsito al momento del accidente. Argumenta que no se encuentra acreditado cuál de los conductores involucrados no respectó el semáforo y que dicha circunstancia debió bastar para descartar toda responsabilidad. A juicio del recurrente, el tribunal basó su conclusión en una interpretación errónea de la propia declaración del conductor Burgoa, quien expresó que fue encandilado por el sol y no logró distinguir el color del semáforo al momento de ingresar a la intersección, así como tampoco si el otro conductor lo hizo en verde o no, lo cual configura, según sostiene, un evento de caso fortuito o fuerza mayor. Añade que esta situación afectó súbitamente la visibilidad de su representado, impidiéndole advertir si la luz había cambiado, lo que excluye cualquier imputación de culpa o conducción descuidada. Concluye que la declaración del propio Burgoa no es suficiente para establecer que actuó sin la debida atención al tránsito, razón por la cual solicita que se elimine dicha afirmación del considerando noveno y, en consecuencia, se revoque también la condena impuesta por infracción a los artículos 108 y 126 de la Ley de Tránsito, solicitando el rechazo tanto de la denunc
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C.A. de Concepción xsr Concepción, diecinueve de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo, además, presente: Primero: Que, el abogado don Álvaro González Naveillán por la querellante y demandante civil HDI Seguros S.A, dedujo recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva dictada el 03 de enero de 2024 por el Juzgado de Policía Local de Hualpén en causa Rol N°16-2022, caratulada “
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