SIN INFORMACION

CORPORACION NACIONAL FORESTAL/HIJERRA

Rol

Fecha

19 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, comparece Luis Francisco Urrutia Gaona, en representación de la Corporación Nacional Forestal, quién deduce acción de protección en contra de doña María Herminia Hijerra Gallardo por los hechos que expone en su acción. Señala que, la Corporación Nacional Forestal a la fecha de presentación del recurso se encontraba combatiendo un incendio forestal en la interface urbano rural de la comuna de Puerto Montt, el que se registró en el Sistema SIDCO como Incendio Forestal N° 229 "Las Canchas", ubicado en el predio "Alto Bonito", rol de avalúos N° 7013-2, de la comuna de Puerto Montt, de propiedad de María Herminia Hijerra Gallardo, ya individualizada. Indica que, el predio se encuentra a menos de 500 metros de la Ruta 5 y cerca de agrupaciones de viviendas, señalando que, como medidas de combate de dicho incendio, se utilizaron brigadas terrestres (Coigues N°s 7, 10 y 14), además el helicóptero HC-46, a fin de controlar y apagara 1,5 ha de matorral tipo Chacay (Ulex europeae), agregando que se trata de los llamados “incendios subterráneos” por cuanto el suelo es de tipo Ñadi y parte de la combustión se conduce por las raíces de la vegetación existente (matorral y Chacay), el que requiere para su control la remoción del suelo y aplicación de agua con camiones aljibes, entre otras, y es por ello que durante el día 20 de febrero se utilizó la excavadora N° 14 para faenas de cortafuegos y liquidación del incendio, contando –inicialmente- con la autorización de la propietaria del inmueble. Sin embargo, desde el día 21 de febrero a la fecha del recurso, la propietaria de dicho inmueble, recurrida, se negó a dar autorización a funcionarios de CONAF para seguir trabajando en las faenas de liquidación en el predio, particularmente en un sector de éste, donde pasa un tendido eléctrico de la empresa SAESA, aduciendo que esta empresa le adeuda dineros y que por lo tanto mientras no vaya un representante de dicha empresa, no autorizará a CONAF a terminar los trabajo

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República, y Acta N°94-2015 sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales; se rechaza, por pérdida de oportunidad, la acción interpuesta por don Luis Francisco Urrutia Gaona, en representación de la CORPORACION NACIONAL FORESTAL en contra de María Herminia Hijerra Gallardo. Déjese sin efecto la orden de no innovar decretada a folio 3. Redacción de la Abogada Integrante María Paz Olavarría Pérez. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol Protección N° 204-2025.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, diecinueve de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, comparece Luis Francisco Urrutia Gaona, en representación de la Corporación Nacional Forestal, quién deduce acción de protección en contra de doña María Herminia Hijerra Gallardo por los hechos que expone en su acción. Señala que, la Corporación Nacional Forestal a la fecha de presentación del recurso se encontraba combati

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