MP.C/ RODRIGO IGNACIO CÉSPEDES GONZÁLEZ. (RECURSO INCORPORADO A LA TABLA DE HOY DE ACUERDO A LEY N° 20.253).
Rol
Fecha
19 de mayo de 2025
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Que, de acuerdo con el mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que en este estadio procesal se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito por el que fue formalizada la investigación, sin que las alegaciones efectuadas en estrados por la defensa logren desvirtuar lo anterior. Además, se estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,
Fundamentos
considerando la gravedad del delito, forma de comisión, la circunstancia de actuar en grupo o pandilla, el hecho de registrar antecedentes penales pretéritos, pena probable y modalidad de cumplimiento, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de diecisiete de mayo del año en curso por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, en cuanto por ella no se hizo lugar a decretar la prisión preventiva del imputado Rodrigo Ignacio Céspedes González imponiéndole en su lugar medidas de menor intensidad y
Fallo
se declara que este último queda sometido a la medida cautelar de prisión preventiva. El señor juez a quo deberá disponer lo pertinente para hacer cumplir lo ordenado. Comuníquese vía interconexión. N° 1622-2025-PENAL
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San Miguel, diecinueve de mayo de dos mil veinticinco. Sala: Tercera Rol Corte: 1622-2025-PEN Ruc: 2500666962-2 Rit: 4476-2025 JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO Relator: Carolina Cordero Jara Imputado: Rodrigo Ignacio Céspedes González Tipo de Recurso: Penal-cautelar personal. Escritos proveídos en audiencia: Sin escritos. San Miguel, diecinueve de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: Que, de
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