CARABINEROS LIMACHE C/ LUIS ALEJANDRO VELASQUEZ SILVA
Rol
Fecha
19 de mayo de 2025
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
edp C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a diecinueve de mayo de dos mil veinticinco, se da inicio a esta audiencia a las 09:15 horas, ante la Cuarta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por el Ministro Suplente Sr. Rodrigo Cortés Gutiérrez e integrada por la Fiscal Judicial Sra. Nel Greeven Bobadilla y el Abogado Integrante Sr. Álvaro Pavez Jorquera, para la vista del recurso de apelación deducido por la Defensoría Penal Pública, don Rolando Soto Johnson, en causa Rol de Corte N° Penal-1344-2025, en contra de la resolución de nueve de mayo de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Limache, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de LUIS VASQUEZ SILVA y ANDRÉS LOBOS MONTALBAN. Asisten a la audiencia, por la Defensoría Penal Pública, don Osvaldo Valenzuela Contreras, revocando y por el Ministerio Público, doña Gabriela Araneda Cruz, confirmando; quienes expusieron sus argumentos de lo que queda registro íntegro en el audio de la Sala, por lo que no serán reproducidos. Terminados los alegatos, el Sr. Presidente dio por finalizada la presente audiencia, dejando constancia que se puso término a las 09:31 horas. El Tribunal resuelve: Visto, oídos y teniendo presente: 1.- En cuando al imputado Luis Velásquez Silva: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, estimando estos sentenciadores que una o más de las cautelares de menor intensidad de las previstas en el artículo 155 del Código Procesal Penal permiten asegurar los fines del procedimiento y de conformidad con lo establecido en el artículo 149 del mismo cuerpo legal, se revoca la resolución apelada de nueve de mayo de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Limache, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de LUIS VASQUEZ SILVA y en su lugar se declara que se la deja sin efecto sin perjuicio de otras medidas cautelares que se puedan imponer. Acordada con el v
Fundamentos
fundamentos y, de conformidad con lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de nueve de mayo de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Limache, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva al imputado ANDRÉS LOBOS MONTALBAN. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N°Penal-1344-2025. En Valparaíso, diecinueve de mayo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
se declara que se la deja sin efecto sin perjuicio de otras medidas cautelares que se puedan imponer. Acordada con el voto en contra de la Fiscal Judicial Sra. Greeven, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Dese orden de libertad inmediata al imputado si no estuviere privado de ésta por otra causa. 2.- En cuanto al imputado Andrés Lobos Montalván: Atendido el mérito de los antecedentes, en virtud de sus propios fundamentos y, de conformidad con lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de nueve de mayo de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Limache, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva al imputado ANDRÉS LOBOS MONTALBAN. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N°Penal-1344-2025. En Valparaíso, diecinueve de mayo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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edp C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a diecinueve de mayo de dos mil veinticinco, se da inicio a esta audiencia a las 09:15 horas, ante la Cuarta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por el Ministro Suplente Sr. Rodrigo Cortés Gutiérrez e integrada por la Fiscal Judicial Sra. Nel Greeven Bobadilla y el Abogado Integrante Sr. Álvaro Pavez Jorquer
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