JUZGADO DE GARANTIA DE LOS ANGELES

MP C/ GUILIAN LUCIAN ANDRES RIOSECO GUZMAN

Rol

Fecha

17 de mayo de 2025

Materia

SUSTRACCION DE MENORES. ART. 142

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1.- Que el Ministerio Público apeló en contra de la resolución dictada el 13 de mayo en curso por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, que modificó la internación provisoria que afectaba a los imputados adolescentes Guilian Lucian Andrés Rioseco Guzmán, Máximo Iván Inostroza García, Kevin Daniel Riquelme Valenzuela y Franco Daniel Monsalve Reyes, quienes se encuentran formalizados en calidad de autores del delito de sustracción de menores previsto en el artículo 142 N°2 del Código Penal. Solicitó la revocación de la misma, a fin de mantener la cautelar originalmente impuesta, alegando que no han variado las circunstancias que se tuvieron en vista al momento de decretar la internación provisoria. 2.- Que para resolver como se dirá, se tendrá en consideración que el argumento dado por el a quo en su resolución recurrida, esto es, que la víctima ya no reside en la comuna de Los Ángeles y por lo tanto ha disminuido la necesidad de cautela, no constituye un hecho nuevo que deba ser tomado en consideración para modificar la cautelar que pesa sobre los imputados. En efecto, la circunstancia antedicha, ajena a la comisión del delito y a la investigación, obedeció a una relocalización de la víctima en resguardo de su seguridad personal, junto a la de su madre, toda vez estaban siendo amenazados en su integridad física y en su domicilio, lo que demuestra el grado de peligrosidad que reviste la libertad de los imputados adolescentes para la seguridad de la víctima y la sociedad. Por otra parte, la fiscal ha puesto énfasis que se encuentran incorporados a la carpeta de investigación las transcripciones de los llamados telefónicos a Carabineros de “una vecina que denunció que cinco sujetos habían ingresado a la fueza a un menor al interior de un inmueble y que lo estaban torturando”; asimismo, se cuenta con la declaración de la víctima y su madre, quienes ratifican lo antes señalado y el reconocimiento que éstos hicieron de los hechores

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y de conformidad además con lo previsto en los artículos 21, 23 y 32 de la Ley 20.084 y 140, 144 y 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de trece de mayo de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles en la causa RIT 431-2024, que sustituyó la medida cautelar que afectaba a los imputados adolescentes Guilian Lucian Andrés Rioseco Guzmán, Máximo Iván Inostroza García, Kevin Daniel Riquelme Valenzuela y Franco Daniel Monsalve Reyes por la de privación total de libertad en su casa, y en su lugar se decide, que se mantiene la internación provisoria en Centro Cerrado que inicialmente se le impuso a los referidos adolescentes. Comuníquese y devuélvase. N°Penal-761-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción CLCA/xsr Concepción, a diecisiete de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1.- Que el Ministerio Público apeló en contra de la resolución dictada el 13 de mayo en curso por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, que modificó la internación provisoria que afectaba a los imputados adolescentes Guilian Lucian Andrés Rioseco Guzmán, Máximo Iván Inostro

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