SIN INFORMACION

ISS CHILE S.A/21° JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO(A LA VISTA 2813-2025)

Rol

Fecha

16 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Maximiliano Pérez Cousiño, abogado, en representación de la demandante ISS Chile S.A., en los autos Rol C-14790-2023, cuaderno de incidente de nulidad, caratulados “ISS Chile S.A./Global Ice SpA”, seguidos ante el 21° Juzgado Civil de Santiago, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución de 13 de febrero de 2025, que concedió recurso de apelación subsidiario interpuesto por la demandada contra la resolución del 13 de enero de 2025, que rechazó el incidente de nulidad procesal por falta de emplazamiento. Sostiene que la resolución impugnada es un auto -no una sentencia interlocutoria-, por lo que la apelación solo procede en los casos excepcionales del artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, como son la alteración de la sustanciación o trámites no ordenados por la ley. Argumenta que el rechazo del incidente de nulidad no alteró la tramitación regular del juicio ni recayó sobre un trámite no previsto por la ley, por lo que la apelación era improcedente. Sobre la naturaleza jurídica de la resolución impugnada, señala que según el artículo 158 del Código de Procedimiento Civil, la resolución del 13 de enero de 2025 sería un auto, ya que no establece derechos permanentes para las partes, ni resuelve sobre un trámite base para una sentencia definitiva o interlocutoria, por lo tanto, al ser un auto, la apelación solo procede si cumple con los requisitos del artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, lo que no ocurriría en este caso. Segundo: Que el denominado “falso recurso de hecho” se ha definido doctrinalmente como el que se interpone directamente ante el superior jerárquico del tribunal de instancia en los casos que éste resuelve dar lugar de forma improcedente a una apelación, o en la situación que, habiendo concedido la apelación, yerra en los efectos en que la eleva. Tercero: Que teniendo a la vista el Ingreso Corte Rol N° 2813-2025 (Civil), en el cual se tramita ante este tribunal l

Fundamentos

considerando tercero, la resolución apelada en este caso es una sentencia interlocutoria, ya que resuelve un incidente, estableciendo derechos permanentes para las partes, de modo que, conforme a la regla referida en el considerando cuarto, la apelación en contra de dicha resolución es procedente, y en el solo efecto devolutivo, tal como resolvió el tribunal a quo. Séptimo: Que, así las cosas, habiendo el tribunal de primer grado otorgado el recurso de apelación y, además, con el efecto que correspondía conforme a derecho, el presente recurso de hecho deberá ser desestimado.

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y visto, además, lo dispuesto en los artículos 189 y 196 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho interpuesto por el abogado Maximiliano Pérez Cousiño, en contra de la resolución de trece de febrero de dos mil veinticinco, dictada por el 21° Juzgado Civil de Santiago en los autos Rol C-14790-2023. Acordada contra el voto del Ministro señor Balmaceda, quien fue de opinión de acoger el referido recurso y, en consecuencia, declarar la inadmisibilidad de la apelación interpuesta, pues en su concepto la resolución impugnada por la vía del recurso de apelación tiene la naturaleza jurídica de un decreto que no ha alterado la sustanciación regular del juicio ni ha recaído sobre un trámite no previsto por la ley, en tanto se ha limitado a rechazar lo que había sido pedido y a mantener las cosas en el mismo estado en que se hallaban hasta antes de su dictación, de manera tal que al tenor del artículo 188 del Código de Procedimiento Civil no resulta susceptible de ser impugnado por esta vía. Agréguese copia de la presente resolución al Ingreso Corte N° 2813-2025 (Civil) de esta misma Corte de Apelaciones. Regístrese y archívese N°Civil-3202-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Maximiliano Pérez Cousiño, abogado, en representación de la demandante ISS Chile S.A., en los autos Rol C-14790-2023, cuaderno de incidente de nulidad, caratulados “ISS Chile S.A./Global Ice SpA”, seguidos ante el 21° Juzgado Civil de Santiago, quien interpone recurso de hecho e

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