SIN INFORMACION

CALDERÓN/CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR LA ARAUCANA

Rol

Fecha

16 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de Oscar Marcelo Calderón Real, cédula nacional de identidad N° 15.340.917-k, domiciliado en Avenida Presidente Salvador Allende Gossens N° 0510, comuna de Rancagua, quien, dedujo recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana, por el acto arbitrario e ilegal consistente en el descuento realizado por la recurrida a sus remuneraciones, solicitando, el reintegro y devolución de todas las sumas descontadas al efecto y que además, la recurrida se abstenga de practicar cualquier descuento por dicho concepto. Informó la Caja de Compensación, al tenor del recurso interpuesto en su contra. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente fundó su acción constitucional, en los descuentos practicados en su remuneración por la Caja de Compensación singularizada. Dice que solicitó dos créditos para con la recurrida: uno con fecha 27 de abril de 2021, por la suma de $ 7.531.846 (siete millones quinientos treinta y un mil ochocientos cuarenta y seis) por concepto de capital, más los intereses correspondientes, pagaderos en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas por un valor de $200.016 pesos cada una; y otro con fecha 17 de abril de 2020, por la suma de $ 7.664.544 (siete millones seiscientos sesenta y cuatro mil quinientos cuarenta y cuatro) por concepto de capital, más los intereses correspondientes, pagaderos en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas por un valor de $213.016 pesos cada una. En razón de lo anteriormente señalado, C.C.A.F Los Andes lo demandó ejecutivamente respecto de ambas causas: en una, el 21 de diciembre de 2022, en causa C-3640-2022, caratulados CAJA LOS ANDES./CALDERÓN, tramitada ante el 3° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta, libelo que se funda en un pagare N° 185CON102998085; y la segunda, con fecha 21 de diciembre de 2022, en causa C-3639-2022, caratulados CAJA LOS ANDES./CALDERÓN, tramitada ante el 3° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta, libelo que se funda en un pagare N° 185CON102410060. Hace presente que, al verificar sus liquidaciones correspondientes a los meses de marzo de 2024 a marzo de 2025, se percató que el sueldo líquido a recibir era considerablemente inferior a meses anteriores. Al analizar el detalle de esta, constató que existía un descuento a favor de CAJA DE COMPENSACION LA ARAUCANA, por el sistema de intercajas, por la suma total de $212.488, lo cual continúa hasta el día de hoy. Sostiene en consecuencia, que dicho actuar es arbitrario e ilegal, alegando como conculcadas las garantías Constitucionales establecidas en el artículo 19 N° 2 y 24 de la Carta Fundamental. SEGUNDO: Que informó por la recurrida, el abogado Julio César Villalobos Villarroel, solicitando el rechazo del recurso interpuesto. Aclaró que según consta en los sistemas de Caja La Araucana, el señor Calderon, no mantiene créditos con dicha caja. Sin perjuicio, si constan 2 créditos vigentes a favor de Caja los Andes, número de pagare 185CON102410060 por la suma de $1.274.907 pagadero en cuotas de $212.488 y otro número de pagaré 185CON102998085 por la suma de $3.950.157. En atención a lo anterior, es que, existiendo el crédito moroso, y mandatados por Caja Los Andes, se procedió a realizar el cobro, solicitando a su empleador, Sky Airlines S.A, RUT: 88.417.000-1, el descuento correspondiente. Monto que fue remesado mes a mes a Caja los Andes. Luego, citó la norma atingente, e indica que C.C.A.F. La Araucana, no ha privado, perturbado, o amenazado los derechos y garantías constitucionales del actor, ya que, en todo momento, ha obrado conforme a derecho y salvaguardando además la garantía constitucional contemplada en e

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección en favor de Oscar Marcelo Calderón Real, en contra de Caja de Compensación de asignación familiar La Araucana, consecuencialmente, la recurrida se abstendrá de practicar el cobro del crédito social vía descuento de remuneraciones, debiendo reembolsar el monto indebidamente descontado de sus liquidaciones, entre marzo de 2024 y marzo de 2025, sólo en lo que dice relación a los créditos sociales que fundan los pagarés N° 185CON102998085; y N° 185CON102410060. Regístrese y comuníquese. Rol 633-2025 (PROT)

Texto Completo (Preview)

Dpp/ Antofagasta, dieciséis de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS: La comparecencia de Oscar Marcelo Calderón Real, cédula nacional de identidad N° 15.340.917-k, domiciliado en Avenida Presidente Salvador Allende Gossens N° 0510, comuna de Rancagua, quien, dedujo recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana, por el acto arbitrario e ilegal consist

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