JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ ROXANA SCARLET VALENZUELA YANEZ

Rol

Fecha

16 de mayo de 2025

Materia

ROBO POR SORPRESA. ART. 436 INC. 2°

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que, se elevan estos antecedentes por la apelación interpuesta por la Defensoría Penal Pública en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que revocó la pena sustitutiva de remisión condicional y ordenó el cumplimiento efectivo de la pena respecto de la condenada Roxana Scarlet Valenzuela Yáñez. Segundo: Que, atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, es posible concluir, como hizo el tribunal a quo, que existe un incumplimiento grave y reiterado, tomando en consideración que la sentencia se dictó el día 19 de mayo de 2022 y que la condenada sólo se presentó a realizar su ingreso en el mes de octubre de 2023, pero luego registra incumplimientos ininterrumpidos en la firma mensual, concluyendo que hay una falta de voluntad de la penada para cumplir con esta, salvo el embarazo de riesgo y nacimiento del hijo en mayo de 2024, que en cualquier caso no impedían cumplir las firmas mensuales. Tercero: Que, además, teniendo presente la fecha de la sentencia y el tiempo transcurrido desde aquella, las justificaciones que entrega en esta instancia no resultan suficientes, verosímiles y respaldadas, ya que, a pesar de acompañar documentos que dan cuenta de tener una hija con discapacidad, por la cual es atendida en el Hospital Base de Puerto Montt y en la Teletón, han pasado casi 3 años desde la condena sin que siquiera se haya presentado a cumplir una firma. Lo mismo ocurre en lo relativo a su embarazo de alto riesgo, el cual significó su hospitalización en mayo de 2024, sin que pueda justificarse su renuencia a dar inicio a la pena sustitutiva desde octubre de 2023, en que registró el ingreso administrativo. Cuarto: Que, en definitiva, dada la falta de cumplimiento de la pena sustitutiva desde octubre de 2023, se configura en la especie un incumplimiento grave y reiterado, en conformidad al artículo 25 N°1 de la Ley 18.216, por lo cual la decisión en alzada será confirmad

Fundamentos

fundamentos y conforme a lo previsto en los artículos 25 N°1 y 37 de la Ley N°18.216 y 370 del Código Procesal Penal; se confirma la resolución en alzada de treinta de julio del año dos mil veinticuatro, dictada por don Francisco Almonacid Faúndez, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que revocó la pena sustitutiva de remisión condicional, y ordenó el cumplimiento efectivo del saldo de pena respecto de la condenada Roxana Scarlet Valenzuela Yáñez. Redacción a cargo de la Abogada Integrante María Paz Olavarría Pérez. Devuélvase. No firma el Ministro suplente don Francisco del Campo Toledo, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa, por encontrarse con licencia médica. Rol Penal 988-2024.-

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Puerto Montt, dieciséis de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: Primero: Que, se elevan estos antecedentes por la apelación interpuesta por la Defensoría Penal Pública en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que revocó la pena sustitutiva de remisión condicional y ordenó el cumplimiento efectivo de la pena respecto de la condenada Roxana Scarlet Valenzuela Y

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