3º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

C/ LEANDRO ANTONIO SANTANDER BECERRA Y OTRO

Rol

Fecha

16 de mayo de 2025

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Que esta Corte estima suficientemente satisfechos los supuestos de la letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, cuya concurrencia ha sido controvertida por la defensa de los imputados, en tanto los antecedentes hasta ahora disponibles permiten tener por justificada la existencia del delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes del artículo 3° de la Ley N° 20.000 del modo relatado por el Ministerio Público en la audiencia de formalización de la investigación y, asimismo, permiten igualmente presumir de manera fundada que en tales hechos les cupo a los imputados Santander Becerra y Tanay Puli participación en calidad de coautores. En cuanto a la exigencia de la letra c) del mismo precepto, considera la Corte que la libertad de ambos imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, teniendo en especial consideración la gravedad del delito que se le imputa y la extensión de la pena en abstracto señalada por la ley al mismo, criterios ambos contemplados en los incisos tercero y cuarto de la citada letra c) del artículo 140 que permiten concluir del modo que se lo hace. En razón de lo anterior, la decisión del Juzgado de Garantía debe ser mantenida. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en la norma legal citada y en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de cinco de mayo de dos mil veinticinco, dictada por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago en la causa RIT N° 2668-2025, que dispuso la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados Leandro Antonio Santander Becerra y Flavio Adrián Tanay Puli. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo. Penal-2253-2025. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en la norma legal citada y en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de cinco de mayo de dos mil veinticinco, dictada por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago en la causa RIT N° 2668-2025, que dispuso la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados Leandro Antonio Santander Becerra y Flavio Adrián Tanay Puli. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo. Penal-2253-2025. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, dieciséis de mayo de dos mil veinticinco. Sala: Quinta Rol Corte: Penal-2417-2025 Ruc: 2500604303-0 Rit: O-2668-2025 Juzgado: 3º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señor Jaime Balmaceda Errazuriz, señora Marisol Andrea Rojas Moya y el Abogado Integrante señor Manuel Domingo Antonio Luna Abarza Relator: Víctor Zúñiga Digitador: Alejan

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica