JUZGADO DE GARANTIA DE ANTOFAGASTA

MP C/ JAVIER MARCELO MAMANI MAMANI

Rol

Fecha

16 de mayo de 2025

Materia

CONTRAB. INFRAC A LA ORD. DE ADUAN ART 168. LEY 20.780

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo señalado en audiencia y teniendo en consideración que no se encuentra en discusión las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, solo se emitirá pronunciamiento respecto de la letra c) de la citada disposición legal. En cuanto a la necesidad de cautela que dispone la referida norma y sin desconocer que las circunstancias modificatorias probables referidas por el Sr. defensor, serán materia del juicio correspondiente, lo cierto es que no es posible desvirtuar la gravedad de la pena asignada al delito, como el bien jurídico protegido, ni la pluralidad de partícipes en el hecho punible, manteniéndose en consecuencia el peligro para la seguridad de la sociedad que significaría la libertad de los imputados, motivo por el cual se confirmará la resolución en alzada. Y visto además lo dispuesto en los artículos 370 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha nueve de mayo de dos mil veinticinco, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva a los imputados Javier Marcelo Mamani Mamani y Luis Ignacio Santis Santander, por el delito de contrabando. Regístrese y comuníquese. Rol 501-2025 (PENAL)

Texto Completo (Preview)

/jhc ACTA DE AUDIENCIA Antofagasta, a dieciséis de mayo de dos mil veinticinco, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por la ministra titular Sra. Virginia Soublette Miranda, el fiscal judicial Sr. Rodrigo Padilla Buzada y el abogado integrante Sr. Álvaro Tello Núñez, se llevó a efecto la audiencia para conocer el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de f

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